FRANKLIN MARTE / POLICIA DE INVISTIGACIONES DE CHILE.-
Rol
Fecha
13 de noviembre de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto y teniendo presente: Primero: Que, comparece don Cristian Mauricio Moya Riffo, abogado, domiciliado en Pedro Montt N°1631, oficina 01, Santiago, en representación de Marte Franklin, ciudadano Dominicano sin cédula de identidad, quien interpone recurso de amparo, a fin de que, se restablezca el imperio del derecho y se asegure la debida protección de la persona amparada, frente a la grave perturbación y amenaza que representa para su derecho a la libertad personal y seguridad individual los actos ilegales y arbitrarios realizados por personal de la Policía de Investigaciones Chile. Funda su pretensión cautelar señalando que se controló la identidad del amparado en control rutinario y personal de la PDI le informó que registra un encargo internacional de detención en su contra, emanado desde Argentina, procediendo a su detención y a la fecha su familia ignora antecedentes y paradero; se desconoce si la detención fue controlada por algún Juzgado de Garantía, si ha cumplido con el artículo 431 del Código Procesal Penal, disposición legal que regula la extradición activa, esto es, el requerimiento a un país extranjero para la entrega a la jurisdicción nacional de una persona que se encuentra en su territorio, lo cual procede sólo cuando se ha formalizado investigación por un delito que tiene asignada en la ley chilena una pena privativa de libertad cuya duración mínima exceda de un año y siempre que en el procedimiento conste el país y lugar específico en que dicho en que dicho imputado se halle actualmente. Cita los artículos 19 N°7 y 21 de la Carta Fundamental y agrega que, entre las Repúblicas de Chile y Argentina, no existe Tratado sobre Extradición, pero ambos países han suscrito la Convención de Extradición de Montevideo de 1933, que fue ratificada por Chile el 6 de agosto de 1936 y por Argentina el 19 de marzo de 1956. Señala que, de acuerdo a los artículos I y V de esta Convención, para que proceda la extradición de una persona que se encuentra en el ter
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República; Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Amparo; se rechaza la acción constitucional de amparo interpuesta por don Cristian Mauricio Moya Riffo, en representación de Franklin Marte, en contra de la Policía de Investigaciones de Chile. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-2596-2020. Pronunciada por la Undécima Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Fernando Ignacio Carreño Ortega, e integrada por los Ministros (S) señora María Inés Lausen Montt y señor Mauricio Rettig Espinoza. Autoriza la ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, trece de noviembre de dos mil veinte, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, trece de noviembre de dos mil veinte. Visto y teniendo presente: Primero: Que, comparece don Cristian Mauricio Moya Riffo, abogado, domiciliado en Pedro Montt N°1631, oficina 01, Santiago, en representación de Marte Franklin, ciudadano Dominicano sin cédula de identidad, quien interpone recurso de amparo, a fin de que, se restablezca el imperio del derecho y se asegure
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica