MARÍN / SUCESION MADARIAGA PEREZ
Rol
Fecha
17 de noviembre de 2020
Materia
CONTRATO, RESOLUCIÓN DE
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1.- Que el recurso de apelación, en materia civil, procede contra las sentencias definitivas y contra las interlocutorias de primera instancia, y en el caso de autos y decretos, cuando éstos alteran la sustanciación regular del juicio o recaen sobre trámites que no están expresamente ordenados por la ley. 2.- Que del mérito de autos consta que la resolución materia del presente recurso no hace procedente la interposición del recurso de apelación, atendida la naturaleza jurídica, en los términos precisados precedentemente. Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto con fecha nueve de abril pasado -folio 191- en contra de la resolución de tres de abril del año en curso -folio 190-. Devuélvase, vía interconexión. N°Civil-11929-2020.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto con fecha nueve de abril pasado -folio 191- en contra de la resolución de tres de abril del año en curso -folio 190-. Devuélvase, vía interconexión. N°Civil-11929-2020.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, diecisiete de noviembre de dos mil veinte. (dia) A los folios N°2 y N°3: estése a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: 1.- Que el recurso de apelación, en materia civil, procede contra las sentencias definitivas y contra las interlocutorias de primera instancia, y en el caso de autos y decretos, cuando éstos alteran la sustanciación regular del juicio o recae
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