/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
13 de noviembre de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA/COMUNICAR
Hechos
Visto: Primero: Que comparece Francisco Javier Vargas Villalobos, Defensor Penal Público Penitenciario, en favor de don Mauricio Antonio Espinoza Sepúlveda, cédula nacional de identidad Nº 15.676120-6, privado de libertad en el centro penitenciario de Molina, quien recurre de amparo correctivo en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por acto ilegal, ejecutado mediante resolución fecha 22 de octubre de 2020 que rechazó conceder la Libertad Condicional del amparado. Manifiesta que su representado cumple condena por el delito de robo en lugar habitado o destinado a la habitación, conocida y fallada por el Juzgado de Garantía de Constitución en causa RIT 956-2018. Su condena es de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo. Actualmente se encuentra siendo beneficiado por Salida Dominical desde el día 19 de abril de 2020 y su conducta en los últimos cuatro Bimestres ha sido calificada de Muy Buena. Además inicia de su condena es el día 30 de julio de 2018 y el término de su condena es el día 31 de julio de 2021 y el tiempo mínimo de postulación es el día 31 de julio de 2020. Señala que la Comisión de Libertad Condicional decidió rechazar la petición, argumentando lo siguiente: “no cumplir con lo dispuesto en el artículo 2° número 3 de la Ley N°21.124 conforme al informe Técnico de Postulación Psicosocial elaborado por Gendarmería de Chile, que en lo pertinente a los factores de riesgo de reincidencia que analiza, establece que el solicitante ostenta un mediano grado de riesgo de reincidencia, mantiene conductas criminógenas y actitudes delictuales favorables al delito que impiden su reinserción, elementos que apreciados en conjunto permiten sostener, que el privado de libertad no cumple -en concepto de esta comisión- con los presupuestos fácticos esenciales para reinsertarse adecuadamente en la sociedad y hacerlo acreedor, en consecuencia, del otorgamiento del beneficio..” Precisa que según el informe su patrocinado fue evaluado con riesgo de rei
Fallo
Por estas consideraciones, visto además lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, sobre la materia, SE RECHAZA la acción constitucional de amparo deducido por don Francisco Javier Vargas Villalobos, Defensor Penal Público Penitenciario, en favor de don Mauricio Antonio Espinoza Sepúlveda, cédula nacional de identidad Nº 15.676120-6, en contra de la resolución dictada por la Comisión de Libertad Condicional de 22 de octubre de 2020, que rechazó el beneficio de libertad condicional a dicho amparado. Regístrese y archívese en su oportunidad. Comuníquese por la vía más expedita. Rol N° 226-2020/Amparo.
Texto Completo (Preview)
Talca, trece de noviembre de dos mil veinte. Visto: Primero: Que comparece Francisco Javier Vargas Villalobos, Defensor Penal Público Penitenciario, en favor de don Mauricio Antonio Espinoza Sepúlveda, cédula nacional de identidad Nº 15.676120-6, privado de libertad en el centro penitenciario de Molina, quien recurre de amparo correctivo en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por acto
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