SIN INFORMACION

RICARDO LEONARDO CANNING BUSTAMANTE/CARABINEROS DE CHILE

Rol

Fecha

12 de noviembre de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Comparece Ricardo Canning Bustamante, no indica profesión u oficio, domiciliado en Carlos Valdovinos 2589, comuna de Pedro Aguirre Cerda, y deduce acción constitucional de amparo en contra de Carabineros de Chile, fundado en que el 5 de noviembre pasado funcionarios de civil de la 52° Comisaría concurrieron en reiteradas oportunidades a su domicilio con el fin de detenerlo. Indica que no comprende el actuar de Carabineros porque no ha cometido delito alguno, lo que amenaza su libertad de manera ilegal y arbitraria al no existir orden judicial ni situación de flagrancia que justifique el actuar de los funcionarios policiales. Pide, en definitiva, que se acoja el presente recurso y se ordene el cese de cualquier medida coercitiva en su contra. Segundo: Que evacúa informe don Álvaro Castillo Morales, Coronel (J) de Carabineros, Asesoría Jurídica de la Zona Metropolitana de Carabineros, señalando que, consultadas las zonas dependientes de la que representa y departamentos que realizan servicios policiales, la 51° Comisaría de Carabineros “Pedro Aguirre Cerda” informó, mediante Oficio 156, de 9 del actual, de procedimiento en el cual tuvo participación el recurrente, siendo éstos los únicos antecedentes que lo vinculan con algún procedimiento policial. En el Oficio 156 ya referido se indica que el 5 de noviembre del presente año a las 11:50 horas en circunstancias que funcionarios policiales realizaban un patrullaje preventivo por calle Traslaviña con la intersección de calle Juan Bastías de la comuna de Pedro Aguirre Cerda realizaron un control de identidad preventivo al recurrente, quien al ser consultado en el sistema Simccar arrojó una orden de detención vigente en la causa RUC 2000043047-2 de uno de octubre pasado emanada del 7° Juzgado de Garantía de Santiago por el delito de hurto simple, motivo por el cual se procedió a su detención, dándole a conocer sus derechos y por instrucción del fiscal de turno de la Fiscalía Centro

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza el recurso de amparo interpuesto por Ricardo Canning Bustamante. Regístrese, comuníquese y, en su oportunidad, archívese. N°594-2020-Amparo.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, doce de noviembre de dos mil veinte. Vistos y teniendo presente: Primero: Comparece Ricardo Canning Bustamante, no indica profesión u oficio, domiciliado en Carlos Valdovinos 2589, comuna de Pedro Aguirre Cerda, y deduce acción constitucional de amparo en contra de Carabineros de Chile, fundado en que el 5 de noviembre pasado funcionarios de civil de la 52° Comisaría concurrieron en r

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica