JUZGADO DE GARANTIA DE LOS LAGOS

MINISTERIO PUBLICO C/ ADA ROSA HERNANDEZ TAPIA

Rol

Fecha

12 de noviembre de 2020

Materia

ESTAFAS Y OTRAS DEFRAUDACIONES.ART. 468, 467, 469, 470 (SE EXCLUYE EL Nº 1 Y Nº 3 ) 473.

Resultado

DIRIMIDA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1°.-) Que, se ha trabado contienda de competencia entre el Juzgado de Garantía de Los Lagos y el Juzgado de Garantía de San Vicente de Tagua Tagua, en orden a determinar qué Tribunal es competente para conocer la presente causa. El primero estima que es incompetente en razón de que el principio de ejecución del delito tuvo lugar en la ciudad de San Vicente de Tagua Tagua, mientras que el segundo considera que los hechos que habrían afectado a la víctima ocurrieron en su domicilio ubicado en la comuna de Futrono. 2°.-) Que, el artículo 157 del Código Orgánico de Tribunales dispone, en lo pertinente, que “Será competente para conocer de un delito el tribunal en cuyo territorio se hubiere cometido el hecho que da motivo al juicio”. Añadiendo en el inciso tercero: “El delito se considerará cometido en el lugar donde se hubiere dado comienzo a su ejecución”. 3°.-) Que, con el mérito de los antecedentes expuestos por el Ministerio Público en la audiencia de veintidós de septiembre de dos mil veinte, surge que en la ciudad de San Vicente de Tagua Tagua se habría dado comienzo a la ejecución del delito. Por estas consideraciones, norma citada, y visto, además, lo dispuesto en el artículo 185 del Código Procesal Penal, se declara que es competente para conocer del delito investigado el Juzgado de Letras y Garantía de San Vicente de Tagua Tagua, a quien se le remitirán estos antecedentes. Comuníquese lo resuelto al Juzgado de Garantía de Los Lagos. N°Penal-785-2020.

Fallo

Por estas consideraciones, norma citada, y visto, además, lo dispuesto en el artículo 185 del Código Procesal Penal, se declara que es competente para conocer del delito investigado el Juzgado de Letras y Garantía de San Vicente de Tagua Tagua, a quien se le remitirán estos antecedentes. Comuníquese lo resuelto al Juzgado de Garantía de Los Lagos. N°Penal-785-2020.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valdivia Valdivia, doce de noviembre de dos mil veinte. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1°.-) Que, se ha trabado contienda de competencia entre el Juzgado de Garantía de Los Lagos y el Juzgado de Garantía de San Vicente de Tagua Tagua, en orden a determinar qué Tribunal es competente para conocer la presente causa. El primero estima que es incompetente en razón de que el principio de ejecució

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