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Rol
Fecha
12 de noviembre de 2020
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y teniendo únicamente presente: Que en el caso de autos lo decidido por el Tribunal excede el ámbito de las facultades que le confiere el artículo 441 del Código de Procedimiento Civil y, de conformidad a lo previsto en los artículos 186 y siguientes del mismo cuerpo legal, se revoca en lo apelado la resolución de diecisiete de septiembre de dos mil veinte, dictada por el Vigésimo Cuarto Juzgado Civil de Santiago y, en su lugar, se decide que el juez no inhabilitado deberá dar curso a la tramitación de la causa como en derecho corresponda. Comuníquese. N°Civil-11852-2020.
Fallo
se decide que el juez no inhabilitado deberá dar curso a la tramitación de la causa como en derecho corresponda. Comuníquese. N°Civil-11852-2020.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, doce de noviembre de dos mil veinte. Vistos y teniendo únicamente presente: Que en el caso de autos lo decidido por el Tribunal excede el ámbito de las facultades que le confiere el artículo 441 del Código de Procedimiento Civil y, de conformidad a lo previsto en los artículos 186 y siguientes del mismo cuerpo legal, se revoca en lo apelado la resolución de diecisiete de
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