JUZGADO DE GARANTIA DE VALPARAISO

MP C/ MIGUEL ALEJANDRO ZÚÑIGA CISTERNAS

Rol

Fecha

12 de noviembre de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

REVOCADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes y

Fundamentos

considerando que otras medidas cautelares de menor intensidad son suficientes para resguardar los fines del procedimiento y la seguridad de la víctima, se revoca, la resolución en alzada de fecha cinco de noviembre de dos mil veinte, que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Miguel Alejandro Zúñiga Cisternas y, en su lugar

Fallo

se declara que, se modifica la medida cautelar de prisión preventiva reemplazándola por arresto domiciliario nocturno del encausado contemplado en el artículo 155 letra a del Código Procesal Penal, esto es, desde las 22:00 horas de cada día hasta las 06:00 horas del día siguiente, a contar del día de hoy, debiendo el Juez a quo remitir los oficios pertinentes para que Carabineros de Chile controle su cumplimiento. Asimismo, se decreta la medida cautelar especial contemplada en el artículo 9 letra b de la Ley 20.066, esto es, Prohibición de acercarse a la víctima o a su domicilio, lugar de trabajo o estudio, así como a cualquier otro lugar al que ésta concurra o visite habitualmente. El Juez a quo deberá remitir los oficios pertinentes a fin de que Carabineros de Chile controle el cumplimiento de la medida. Decisión adoptada con el voto en contra de la Fiscal Judicial Sra. Latham, quien fue del parecer de confirmar la resolución en alzada, en virtud de sus propios fundamentos y en resguardo de la seguridad de la víctima. Dese orden de libertad si no estuviera privada de ésta, por otra causa. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. RIT: O-9569-2020. N°Penal-2280-2020. En Valparaíso, doce de noviembre de dos mil veinte, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

Jevp. C.A. de Valparaíso. ACTA DE AUDIENCIA Audiencia realizada en Valparaíso, a doce de noviembre de dos mil veinte, a las 10:14 horas, ante la Segunda Sala de esta Corte de Apelaciones de Valparaíso integrada por el Ministro Titular Sr. Pablo Droppelmann Cuneo, quien preside, e integrada por el Ministro Suplente Sr. Erik Espinoza Cerda y la Fiscal Judicial Sra. Juana Latham Fuenzalida, actuando

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