PROMOTORA CMR FALABELLA S.A./BELMAR
Rol
Fecha
11 de noviembre de 2020
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que la apelación interpuesta en estos antecedentes impugna una resolución que -en cuanto ordena a la demandante acompañar materialmente el título ejecutivo, previo a pronunciarse sobre la demanda impetrada en autos- no está comprendida en ninguna de las hipótesis señaladas en los artículos 187 y 188 del Código de Procedimiento Civil y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 201 y 213 del mismo texto legal, se declara inadmisible por improcedente la apelación deducida con fecha catorce de octubre de dos mil veinte, en contra de la resolución del nueve de octubre último, pronunciada por el Primer Juzgado Civil de Puente Alto, en los autos Rol C-13.189-2020. Devuélvase vía interconexión, en su oportunidad. N° 1.888-2020-CIV.
Fallo
se declara inadmisible por improcedente la apelación deducida con fecha catorce de octubre de dos mil veinte, en contra de la resolución del nueve de octubre último, pronunciada por el Primer Juzgado Civil de Puente Alto, en los autos Rol C-13.189-2020. Devuélvase vía interconexión, en su oportunidad. N° 1.888-2020-CIV.
Texto Completo (Preview)
CH(PAB) San Miguel, once de noviembre de dos mil veinte. Vistos y teniendo presente: Que la apelación interpuesta en estos antecedentes impugna una resolución que -en cuanto ordena a la demandante acompañar materialmente el título ejecutivo, previo a pronunciarse sobre la demanda impetrada en autos- no está comprendida en ninguna de las hipótesis señaladas en los artículos 187 y 188 del Código de
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