SIN INFORMACION

VARGAS ORELLANA JONATHAN / GENDARMERIA DE CHILE

Rol

Fecha

11 de noviembre de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece doña Paula Soto CarozzI, abogada, en favor de don JONATHAN ANTONIO VARGAS ORELLANA, condenado actualmente recluido en el CDEP Santiago Sur e interpone recurso de amparo en contra de Gendarmería de Chile, por el acto ilegal en que habría incurrido al no haberlo postulado a la libertad condicional, decisión que infringiría el derecho que la Constitución Política de la República le reconoce y protege en el N° 7 del artículo 19. Señala que el amparado se encuentra en libertad, en virtud del Indulto conmutativo consagrado en el inciso segundo del artículo 11° de la Ley 21.228 por Covid. Hace presente que antes de ser beneficiado con el indulto, mi representado fue notificado por funcionarios de Gendarmería de Chile, de que sería postulado al beneficio intrapenitenciario de libertad condicional, ya que a la fecha, cumplía con todos los requisitos objetivos para tal efectos. Sin embargo, finalmente no fue postulado por lo que solicita se acoja el recurso y restablezca el imperio del derecho. SEGUNDO: Que al informar, Gendarmería de Chile remite los antecedentes del amparado los que dan cuenta de que éste cumplía una pena de 5 años y 1 día por el delito de tráfico ilícito de drogas. Consta, además, que el 18 de abril de 2020 egresó del centro penitenciario por el indulto referido por el amparado. En cuanto a su negativa a postularlo a la libertad condicional, la funda en que el amparado no cumplía el requisito de conducta ya que en el bimestre julio-agosto 2019 fue calificado con conducta buena, antecedente que fue constatado con la Ficha Única del Condenado que fue acompañada al informe. TERCERO: Que el recurso de amparo constituye jurídicamente una acción cautelar, de índole constitucional, cuyo contenido específico es el requerimiento de tutela jurisdiccional frente a privaciones de libertad ambulatoria con infracción de lo dispuesto en la Constitución o en las leyes; frente a amenazas arbitrarias o ilegales al ejerc

Fallo

Por estas consideraciones y atendido, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de amparo interpuesto en favor de JONATHAN ANTONIO VARGAS ORELLANA en contra de Gendarmería de Chile. Regístrese y archívese si no se apelare. N°Amparo-2015-2020. En Santiago, once de noviembre de dos mil veinte, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, once de noviembre de dos mil veinte. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece doña Paula Soto CarozzI, abogada, en favor de don JONATHAN ANTONIO VARGAS ORELLANA, condenado actualmente recluido en el CDEP Santiago Sur e interpone recurso de amparo en contra de Gendarmería de Chile, por el acto ilegal en que habría incurrido al no haberlo postulado a la libertad

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