15B0 JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

MP. C/ HERNÁN ANDRÉS ESPINOZA ESPINOZA.

Rol

Fecha

10 de noviembre de 2020

Materia

CONTRA SALUD PÚBLICA. ARTS. 313 D AL 315 Y ART. 317.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: Oídos los intervinientes y teniendo presente que en el actual estado procesal se observa que no han variado los antecedentes que se tuvieron en consideración para decretar la medida cautelar de prisión preventiva en su oportunidad, esta Corte estima que el número de ilícitos por los que se ha formalizado la investigación respecto del imputado, gravedad de los mismos, forma de comisión en grupo o pandilla y pena asignada, de conformidad a lo dispuesto en la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal, permiten sostener que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Por lo antes señalado y lo dispuesto en el artículo 352 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución dictada en audiencia de cuatro de noviembre del año en curso, por la señora Juez del 15° Juzgado de Garantía de Santiago, que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva respecto de Hernán Andrés Espinoza Espinoza. Devuélvase. N° 3734-2020 Penal.

Texto Completo (Preview)

En San Miguel, a diez de noviembre de dos mil veinte. Sala: Primera Sala Rol: 3734-2020 Penal Ruc: 2000495443-3 RIT: 1853-2020 Tribunal: 15° Juzgado de Garantía de Santiago Integrantes: Ministros señora María Teresa Díaz Zamora, señor Luis Sepúlveda Coronado y señora Adriana Sottovía Giménez Relator: Nicole Kemp Gomila Digitadora: Marliz Vergara Jaramillo Fiscal: Marcos Pastén Defensa: Lucas Grez

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