ESCOBAR/CGE DISTRIBUCION SA
Rol
Fecha
11 de noviembre de 2020
Materia
SERVIDUMBRE LEGALES
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos: El mérito de los antecedentes, la fecha de notificación de la resolución impugnada, la data de interposición de la apelación interpuesta por el apoderado de la parte demandada y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 189, 201 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación deducido en contra de la sentencia de veintisiete de marzo de dos mil veinte, por extemporáneo. Devuélvase vía interconexión, en su oportunidad. Al escrito folio N° 94.991: Estese al mérito de lo resuelto N° 1.851-2020-CIV.
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación deducido en contra de la sentencia de veintisiete de marzo de dos mil veinte, por extemporáneo. Devuélvase vía interconexión, en su oportunidad. Al escrito folio N° 94.991: Estese al mérito de lo resuelto N° 1.851-2020-CIV.
Texto Completo (Preview)
CH(PAB) San Miguel, once de noviembre de dos mil veinte. Al folio N° 94.266: Por recibidos los antecedentes del tribunal a quo y téngase por cumplido lo ordenado el pasado tres de noviembre. Vistos: El mérito de los antecedentes, la fecha de notificación de la resolución impugnada, la data de interposición de la apelación interpuesta por el apoderado de la parte demandada y de conformidad, ademá
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