SIN INFORMACION

GABRIEL ÁNGEL ROSALES TEJO/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

10 de noviembre de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado don Jorge Rosselot Ruiz, quien deduce acción constitucional de amparo en favor del condenado Gabriel Ángel Rosales Tejo y en contra de la resolución dictada por la Comisión de Libertad Condicional de esta Corte con fecha 9 de octubre pasado, por medio de la cual se rechazó la postulación del sentenciado al beneficio de la libertad condicional. Expone que Rosales Tejo se encuentra cumpliendo dos condenas, una de quinientos cuarenta y un días por el delito de tenencia ilegal de municiones y otra de tres años y un día por el delito de porte ilegal de arma de fuego, las que inició el 30 de agosto de 2018, estando previsto su término para el 23 de febrero de 2022, y que el tiempo mínimo para postular al citado beneficio lo cumplió el 28 de noviembre de 2019. Agrega que además el condenado registra conducta calificada como muy buena en los últimos cuatro bimestres, que ya desde septiembre de este año goza del beneficio de salida dominical, que ha participado en forma regular y constante en las actividades programadas de la unidad penal, desempeñándose como portero, mozo de aseo, cocinero, carnicero y actualmente de jardinero. Expresa que no obstante tales antecedentes la Comisión recurrida resolvió rechazar la postulación de Rosales Tejo al beneficio de la libertad condicional, fundado en que “tiene un informe social desfavorable, presenta un riesgo de reincidencia medio, mediano compromiso delictual, media conciencia del delito y mal causado, situándose en una etapa de contemplación respecto a su disposición para el cambio. Además, su proceso de intervención se encuentra pendiente para cumplir con los objetivos de la rehabilitación”. Refiere que conforme lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 2 del DL N° 321, el informe de Gendarmería debe orientar acerca de los factores de riesgo de reincidencia y demás antecedentes sociales del postulante, no exigiéndose que éste sea favorable, sino solo contar con aqu

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo prevenido en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre la materia, se rechaza el recurso de amparo interpuesto por el abogado don Jorge Rosselot Ruiz, en favor del condenado Gabriel Ángel Rosales Tejo. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N° 591-2020-Amparo.

Texto Completo (Preview)

Dejo constancia que se anunció, escuchó relación y alegó por el recurso el abogado don Jorge Rosselot Ruiz. San Miguel, 10 de noviembre de 2020. Constanza Cociña Cholaky, relatora. San Miguel, diez de noviembre de dos mil veinte. Al escrito folio 94.664: A todo, téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado don Jorge Rosselot Ruiz, quien deduce acción constituc

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