CLARO VICUÑA VALENZUELA S.A./SUBSECRETARIA DEL INTERIOR
Rol
Fecha
9 de noviembre de 2020
Materia
HACIENDA,PROCED.CUANTÍA SUPERIOR ART.. 749 C.P.C
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes en especial los presupuestos de la excepción dilatoria impetrada, que están dirigidos solamente a la corrección del procedimiento “sin afectar al fondo de la acción deducida”, cuyo no es el caso, dado que la legitimación en la causa, que ha sido el fundamento de la excepción dilatoria, se refiere a la relación sustantiva imputada en la demanda y no como ha pretendido el recurrente a una mera legitimación procesal, con lo que los
Fundamentos
fundamentos del artículo en análisis deben necesariamente ser acreditados y resueltos en la sentencia definitiva que recaiga en esta causa, por lo que, SE CONFIRMA, la resolución apelada de dieciséis de septiembre del año en curso, dictada en la causa C-1820-2020 del Segundo Juzgado de Letras de esta ciudad. Redactada por el Ministro señor Marco Antonio Flores Leyton. Comuníquese por la vía que corresponda. Rol Nº 325-2020 Civil.
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Arica, nueve de noviembre de dos mil veinte. VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes en especial los presupuestos de la excepción dilatoria impetrada, que están dirigidos solamente a la corrección del procedimiento “sin afectar al fondo de la acción deducida”, cuyo no es el caso, dado que la legitimación en la causa, que ha sido el fundamento de la excepción dilatoria, se refiere a la relac
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