COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO ORIENTE LIMITADA/FABRICACION Y ELABORACION DE ALIMENTOS
Rol
Fecha
6 de noviembre de 2020
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
REVOCADA SIN COSTAS
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, advirtiendo que al tenor de lo que disponen los artículo 451 y 481 Código de Procedimiento Civil, lo que se encuentra vedado, antes de la sentencia de remate, es únicamente la venta de los bienes embargados y lo dispuesto en los artículos 145 y 186 del mismo cuerpo legal , SE REVOCA, en su parte apelada, la resolución de dos de septiembre del año en curso, dictada en causa Rol C-3408-2019 del Primer Juzgado de Letras de Curicó, sin costas del recurso. Acordada con el voto en contra del Ministro don Carlos Carrillo González, quien estuvo por confirmar la resolución apelada, sin perjuicio facultad de las partes de incidentar en aquellas materias propias del embargo. Devuélvase. Rol N° 1.560-2020 /Civil.
Texto Completo (Preview)
Talca, seis de noviembre de dos mil veinte. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, advirtiendo que al tenor de lo que disponen los artículo 451 y 481 Código de Procedimiento Civil, lo que se encuentra vedado, antes de la sentencia de remate, es únicamente la venta de los bienes embargados y lo dispuesto en los artículos 145 y 186 del mismo cuerpo legal , SE REVOCA, en su parte apelada, la
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