2° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

AMPUERO/PALACIOS

Rol

Fecha

5 de noviembre de 2020

Materia

ART. 485 INCISO 3º CT

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto: Ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, se substanciaron estos autos RIT T-1310-2018 caratulados “Ampuero con Palacios”, sobre tutela, despido injustificado, Unidad económica y coempleador. Por sentencia de veintiuno de noviembre de dos mil diecinueve, se resolvió: I.- Que se rechaza la demanda de doña SACHENZKA LILIANA ORELLANA FASSLER, y doña PAOLA ANDREA AMPUERO ROJAS, por Tutela por vulneración de los derechos fundamentales con ocasión del despido, en contra de sus ex empleadores, GRUPO NATURAL SPA, Rut: 76.605.684-9, representada legalmente por don Oscar Ignacio Fuentes Balcázar, Rut: 13.902-620-9, por las razones vertidas en lo considerativo de este fallo. II.- Que se acoge la demanda por calificación del despido y se declara que el despido de fecha 13 de agosto de 2018 fue indebido, y en consecuencia se ordena el pago de la demandada GRUPO NATURAL SPA, Rut: 76.605.684-9, representada legalmente por don Oscar Ignacio Fuentes Balcázar, de las siguientes prestaciones: 1.- La demandada debe pagarles indemnización sustitutiva por falta de aviso previo, a cada una de las actoras por la suma de $ 2.002.375. 2- Que la demandada debe pagarles a cada demandante 2 años de servicios, por la suma de $4.004.750. 3.- Que se debe pagar el recargo legal del 80% por el monto de $ 3.203.800, a cada una. 4.- Que se debe pagar los 13 días trabajados del mes de agosto de 2018, lo cual asciende a la suma de $867.695, a cada una. 5.- Que las demandadas deben pagarles feriado legal y proporcional, adeudado a Sachenzka Liliana Orellana Fassler por la suma total de $1.868.883 por 28 días pendientes. 6.- Que la demandada debe pagarles feriado legal y proporcional, adeudado a Paola Andrea Ampuero Rojas, por la suma total de $ 2.135.840 por 32 días pendientes. 7.- Que se adeudan y deben pagar las cotizaciones previsionales de ambas demandantes, en AFC Chile y en AFP Hábitat correspondiente a los meses de octubre de 2017 a abril 2018. III.- Se condena a l

Fundamentos

Considerando: Primero: Que la causal fundante del arbitrio deducido del artículo 478 letra e) del Código del Trabajo, en lo referido a cuando la sentencia se hubiere dictado con omisión el artículo 459 N° 4 del mismo cuerpo legal. Al desarrollar su causal, transcribe el numeral 6° del artículo referido, pero luego relaciona el vicio con el artículo 456 del Código del Ramo y se refiere a las exigencias de la valoración completa de la prueba. Argumenta enseguida que la infracción se observa en el motivo décimo octavo del fallo, pues el razonamiento de aquél no resulta suficiente para expresar las motivaciones que permitieron dar por establecido que la recurrente es coempleadora de las actoras. Añade que no existe un análisis de las cartolas históricas que permita determinar que exista subordinación y dependencia, tampoco nada se indica de montos, periodos y otros. Así, no puede concluirse que la recurrente haya pagado remuneración a las demandantes, argumentos en los que insiste. El

Fallo

se declara que el despido de fecha 13 de agosto de 2018 fue indebido, y en consecuencia se ordena el pago de la demandada GRUPO NATURAL SPA, Rut: 76.605.684-9, representada legalmente por don Oscar Ignacio Fuentes Balcázar, de las siguientes prestaciones: 1.- La demandada debe pagarles indemnización sustitutiva por falta de aviso previo, a cada una de las actoras por la suma de $ 2.002.375. 2- Que la demandada debe pagarles a cada demandante 2 años de servicios, por la suma de $4.004.750. 3.- Que se debe pagar el recargo legal del 80% por el monto de $ 3.203.800, a cada una. 4.- Que se debe pagar los 13 días trabajados del mes de agosto de 2018, lo cual asciende a la suma de $867.695, a cada una. 5.- Que las demandadas deben pagarles feriado legal y proporcional, adeudado a Sachenzka Liliana Orellana Fassler por la suma total de $1.868.883 por 28 días pendientes. 6.- Que la demandada debe pagarles feriado legal y proporcional, adeudado a Paola Andrea Ampuero Rojas, por la suma total de $ 2.135.840 por 32 días pendientes. 7.- Que se adeudan y deben pagar las cotizaciones previsionales de ambas demandantes, en AFC Chile y en AFP Hábitat correspondiente a los meses de octubre de 2017 a abril 2018. III.- Se condena a la demandada al pago en favor de las actoras las remuneraciones y demás prestaciones consignadas en el contrato de trabajo celebrado entre las partes, durante el período comprendido entre la fecha del despido y la fecha de envío o entrega de la comunicación en

Texto Completo (Preview)

-5- Santiago, cinco de noviembre de dos mil veinte. Visto: Ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, se substanciaron estos autos RIT T-1310-2018 caratulados “Ampuero con Palacios”, sobre tutela, despido injustificado, Unidad económica y coempleador. Por sentencia de veintiuno de noviembre de dos mil diecinueve, se resolvió: I.- Que se rechaza la demanda de doña SACHENZKA LILIAN

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