MONTENEGRO/BENAVIDES
Rol
Fecha
4 de noviembre de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto y teniendo presente: Primero: Que, comparece doña Viviana Montenegro Ulloa, abogada, Fiscal Adjunto, Fiscalía Local Santiago Centro, en relación con la causa RUC N° 2000145032-9, del 7° Juzgado de Garantía de Santiago, por el delito de tráfico ilícito de drogas, previsto y sancionado en el artículo 3 en relación con el artículo 1, ambos de la ley 20.000; y de tenencia ilegal de arma de fuego, prevista y sancionada en el artículo 9 de la Ley N°17.798 de control de armas seguida en contra de los imputados Cesar David Benavides Jaramillo interpone recurso de hecho en contra de la resolución de 29 de septiembre de 2020, que declaró inadmisible el recurso de apelación verbal respecto de resolución que sustituyó la causal por la cual estaba decretada la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado señalado, de peligro para la seguridad de la sociedad a peligro de fuga, fijando una caución de $1.500.000.- a su respecto. Pide se declare la admisibilidad del recurso de apelación verbal y se determine sus efectos, con la finalidad de que se eleven los antecedentes pertinentes a esta Corte, a fin de que se conozca de dicho recurso y se enmiende conforme a derecho la resolución apelada disponiendo su revocación y decretando la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado ya individualizado. Funda su pretensión impugnatoria señalando que los imputados, Exel Hernández Borrero, Mahicol Estiben Rodríguez Chica y César David Benavides Jaramillo, fueron formalizados por los siguientes hechos: “El día 6 de febrero de 2020, a las 11.30 horas aproximadamente, al interior del domicilio ubicado en Mario Kreutsberger Nº1520 torre A depto. 2311 A, los imputados fueron sorprendidos manteniendo en su poder para comercializar, pasta base de cocaína con un peso bruto de 965 gramos, cocaína con un peso bruto de 77 gramos, ketamina con un peso bruto de 64 gramos, cannabis sativa con un peso bruto de 246 gramos, 11 pastillas MDMA, un arma de fuego marca Walthe
Fallo
Por estas consideraciones, normas legales citadas y visto, además, lo dispuesto en el artículo 369 del Código Procesal Penal, se rechaza el recurso de hecho interpuesto por el Ministerio Público en contra de la resolución de veintinueve de septiembre de dos mil veinte dictada en audiencia de revisión de medida cautelar, que declaró inadmisible el recurso de apelación verbal deducido por el ente persecutor. Regístrese y archívese. N°Penal-5036-2020. Pronunciada por la Undécima Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Fernando Ignacio Carreño Ortega, e integrada por los Ministros (S) señora María Inés Lausen Montt y señor Mauricio Rettig Espinoza. Autoriza la ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, cuatro de noviembre de dos mil veinte, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, cuatro de noviembre de dos mil veinte. Visto y teniendo presente: Primero: Que, comparece doña Viviana Montenegro Ulloa, abogada, Fiscal Adjunto, Fiscalía Local Santiago Centro, en relación con la causa RUC N° 2000145032-9, del 7° Juzgado de Garantía de Santiago, por el delito de tráfico ilícito de drogas, previsto y sancionado en el artículo 3 en relación con el artícu
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