MIRANDA / COMISION LIBERTAD CONDICIONAL DE VALPARAISO
Rol
Fecha
3 de noviembre de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: En folio 1, comparece Marcia Quintana Fajardo, defensora penal pública penitenciaria, quien deduce recurso de amparo en favor de Jonathan Fernando Miranda Salazar, Cédula de Identidad N° 15.297.254-7, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso que por resolución N° 949 de fecha 09 de octubre de 2020 rechazó otorgar la libertad condicional al amparado, afectando su derecho a la libertad personal. Solicita acoger el presente recurso, restableciendo el imperio del derecho y decretar que el sentenciado tiene derecho a cumplir el saldo de su pena bajo libertad condicional, por reunirse la totalidad de los requisitos exigidos por la ley. El amparado se encuentra cumpliendo la pena de 3 años y 1 día de presidio menor en grado máximo como autor del delito de receptación, la que inició el 22 de agosto de 2018, registrando como fecha de término el día 22 de agosto de 2021 y como tiempo mínimo para la postulación a la libertad condicional, el 22 de febrero de 2020. Añade que no obstante cumplir con los requisitos establecidos por el Decreto Ley N° 321 de 1925, la Comisión rechazó conceder la libertad condicional, atendido el hecho de tener un riesgo de reincidencia alto y que tiene necesidades de intervención. A folio 4, se informa por el Centro de Cumplimiento Penitenciario de San Felipe, remitiendo los antecedentes de postulación del amparado. A folio 8, informa el Ministro (S) Presidente de la Comisión de Libertad Condicional don Erik Espinoza Cerda, remitiendo copia de la resolución que por esta vía se impugna, en la que se consignan todos los antecedentes y
Fundamentos
fundamentos tenidos en consideración para adoptarla, junto con copia de los informes tenidos a la vista y de la Resolución de la Comisión, la cual señala en su considerando 3°: “Que teniendo en consideración que el informe de postulación psicosocial a que se refieren los artículos 12 y 14 del Decreto N° 338, no resulta favorable para un cumplimiento en libertad, dando cuenta que tiene un riesgo de reincidencia alto, que pese a reconocer el delito lo justifica, y que aún mantiene necesidades de intervención, es posible concluir que no ha demostrado avances en su proceso de reinserción social que le permitan acceder a este beneficio en los términos de los artículos 1 del Decreto Ley N° 321 y 2 del Decreto N° 338. POR ELLO,
Fallo
SE RESUELVE: RECHAZAR el beneficio de Libertad Condicional al interno MIRANDA SALAZAR JONATHAN FERNANDO, por los argumentos expuestos en el motivo 3.” Por resolución de dos de noviembre de dos mil veinte, se trajeron los autos en relación. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que por esta vía cautelar se cuestiona la legalidad de la resolución N° 949 de fecha 09 de octubre de 2020, por medio de la cual la Comisión recurrida rechazó el beneficio de la libertad condicional solicitada por el amparado, conforme con el razonamiento expuesto en lo expositivo del presente fallo. SEGUNDO: Que, en el caso de autos el amparado está sujeto a la reglamentación prevista en el Decreto Ley 321 de 1925 y sus modificaciones, efectuadas por la Ley 21.124 de 18 de enero de 2019, la que hizo exigible – entre otras condiciones – conforme lo dispuesto por el numeral 3) del artículo 2° del referido Decreto Ley, que el postulante a la libertad condicional deba contar con un informe de postulación psicosocial elaborado por un equipo profesional del área técnica de Gendarmería de Chile que permita orientar sobre los factores de riesgo de reincidencia, con el fin de conocer sus posibilidades para reinsertarse adecuadamente en la sociedad. TERCERO: Que el informe psicosocial agregado a estos autos, indica que el condenado tiene mediano compromiso delictual; nivel de reincidencia alto; requiere intervención en las diversas áreas; dentro de su extracto de filiación se registran 8 delitos anterior
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso. Valparaíso, tres de noviembre de dos mil veinte. Visto: En folio 1, comparece Marcia Quintana Fajardo, defensora penal pública penitenciaria, quien deduce recurso de amparo en favor de Jonathan Fernando Miranda Salazar, Cédula de Identidad N° 15.297.254-7, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso que por resolución N° 949 de fecha 09 de octubre de 2020 re
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