SIN INFORMACION

VERA/SUPERINTENDENCIA DE ELECTRICIDAD Y COMBUSTIBLES

Rol

Fecha

5 de noviembre de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1.- Que el plazo para interponer el recurso de reclamación en contra de las resoluciones de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles es de 10 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución recurrida, según lo establecido en el inciso primero del artículo 19 de la Ley 18.410. 2.- Que la Resolución Exenta N°3262 de fecha veinte de marzo del año en curso, fue notificada la recurrente el dos de octubre pasado y el recurso de reclamación fue deducido el dieciséis de octubre del año en curso. Luego, en dichos términos el plazo respectivo se encontraba vencido a la fecha de la interposición del presente recurso, de conformidad a lo señalado párrafo que antecede. Y atendido lo dispuesto en los artículos 19 y 21 de la Ley 18.410, se declara inadmisible por extemporáneo, el recurso de reclamación interpuesto el dieciséis de octubre de los corrientes por doña Alondra Vera Lazen. Regístrese y archívese. N° Contencioso Administrativo-639-2020.

Fallo

se declara inadmisible por extemporáneo, el recurso de reclamación interpuesto el dieciséis de octubre de los corrientes por doña Alondra Vera Lazen. Regístrese y archívese. N° Contencioso Administrativo-639-2020.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, cinco de noviembre de dos mil veinte. (dia) Vistos y teniendo presente: 1.- Que el plazo para interponer el recurso de reclamación en contra de las resoluciones de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles es de 10 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución recurrida, según lo establecido en el inciso primero del artículo 19 de la Ley 18.410.

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