MP. C/ RODRIGO ANDÉS QUILODRÁN GUTIÉRREZ. QTE: SONIA DE LAS MERCEDES RUBIO ELGUETA.
Rol
Fecha
3 de noviembre de 2020
Materia
SECUESTRO. ART. 141
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: Que las alegaciones efectuadas por la defensa no tienen la entidad suficiente para desvirtuar los antecedentes que se tuvieron en consideración, en su oportunidad, al decretar la prisión preventiva del imputado Rodrigo Andrés Quilodrán Gutiérrez. En efecto, en este estadio procesal, se encuentran justificados los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, y se estima que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, de conformidad con lo dispuesto en la letra c) del artículo 140 ya mencionado, atendida la naturaleza y gravedad del ilícito por el cual se formalizó la investigación en su contra, la forma de ocurrencia de los hechos y la extensión del mal causado. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 352 y siguientes del Código Procesal Penal, se confirma la resolución dictada en audiencia de veintisiete de octubre del año en curso, por el 12° Juzgado de Garantía de Santiago, que mantuvo la prisión preventiva del imputado Rodrigo Andrés Quilodrán Gutiérrez. Comuníquese y devuélvase, vía interconexión. N° 3648-2020-Penal.
Texto Completo (Preview)
Fecha: Tres de noviembre de dos mil veinte. Sala: Primera Sala. Rol Corte: 3648-2020 Penal. RUC: 2000137557-2. RIT: 2614-2020. Tribunal: 12° Juzgado de Garantía de Santiago. Integrantes: Ministros señora María Teresa Díaz Zamora, señor Luis Sepúlveda Coronado y señora Adriana Sottovia Giménez. Relator: Constanza Cociña Cholaky. Defensa: Stephanie Carvajal Ponce. Ministerio Público: Magdalen
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