9º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

EECOL INDUSTRIAL ELECTRIC SUDAMERICANA LTDA/PALMA

Rol

Fecha

13 de noviembre de 2020

Materia

RECONOCIMIENTO FIRMA,CITACIÓN Y CONFESIÓN DE DEUDA

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1° Que el artículo 189 del Código de Procedimiento Civil, establece dentro de los requisitos de admisibilidad del recurso de apelación en la materia de que trata, el contener, además de las peticiones concretas formuladas al Tribunal llamado a conocer del mismo en segunda instancia, los

Fundamentos

fundamentos de hecho y de derecho en que se apoya. 2° Que pese a cumplirse con la primera de dichas exigencias, el recurso de apelación sujeto al presente examen de admisibilidad no contiene fundamentos de derecho que lo sustenten.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 201 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación, interpuesto por la parte demandante con fecha quince de octubre pasado, en contra de la resolución dictada con fecha nueve de octubre de dos mil veinte. Comuníquese. N°Civil-12267-2020.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, trece de noviembre de dos mil veinte (paus). Vistos y teniendo presente: 1° Que el artículo 189 del Código de Procedimiento Civil, establece dentro de los requisitos de admisibilidad del recurso de apelación en la materia de que trata, el contener, además de las peticiones concretas formuladas al Tribunal llamado a conocer del mismo en segunda instancia, los fundamento

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