1º JUZGADO DE LETRAS DE TALCA

AGRICOLA VIÑA ESMERALDA LTDA/FISCO DE CHILE

Rol

Fecha

2 de noviembre de 2020

Materia

EXPROPIACIÓN,RECLAMACIÓN INDENMIZACIÓN ART. D.L. 2.186

Resultado

CONFIRMADA S/COSTAS

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Hechos

Visto: El abogado don José Guillermo Villalobos García-Huidobro, por el reclamado Fisco de Chile, deduce recurso de apelación en contra de la sentencia definitiva de 26 de marzo de 2.018, dictada en causa Rol C-1.355-2.018 del Primer Juzgado de Letras de Talca, sobre Reclamación del Monto de la Indemnización Provisoria por Expropiación, que acogió la demanda declarando que el valor del metro cuadrado de superficie expropiado, a la fecha del reclamo, es de $120.000 (ciento veinte mil pesos) debidamente reajustada y con los intereses corrientes, suma a la cual deberá deducirse lo ya consignado, debidamente reajustado conforme al artículo 14 del Decreto Ley 2.816; y se rechazó en la suma mayor pedida, sin costas; solicita acogerlo a tramitación para que se revoque y se enmiende conforme a derecho, teniendo en consideración lo que expresa: El juez acogió parcialmente la demanda, aumentando el monto del rubro terreno a $120.000 el metro cuadrado, lo que multiplicado por los 1.181 metros cuadrados de superficie, da un valor de $141.720.000. Argumenta que no existe evidencia alguna rendida que justificara aumentar la detallada valoración que la Comisión de Peritos había efectuado del predio sub-lite, a lo menos en la forma que lo hace el

Fundamentos

considerando NOVENO del

Fallo

fallo en alzada y todos los conceptos comprendidos en él, y cualquier conclusión en contrario, se origina en acceder a la manifiesta intención de la reclamante de querer equiparar una valorización comercial del terreno con la indemnización que debe pagarse producto de una expropiación por causa de utilidad pública, intención completamente incompatible tanto con la letra como con el espíritu de la normativa constitucional y legal aplicable en la materia. Cita jurisprudencia de la Excma. Corte Suprema. Añade que la reclamante no ha sido expropiada por un acto motivado por la voluntad administrativa, sino en cumplimiento de una orden judicial a raíz de una petición propiciada por la actora. En efecto, la expropiación respecto del Lote Nº 59-A, es consecuencia única y exclusiva del actor y propietario del resto del predio expropiado, quien anteriormente dedujo una reclamación de acto expropiatorio (causa Rol C-3497-2012 del 3er Juzgado de Letras de Talca) solicitando la expropiación de una superficie mayor de su terreno, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 9 letra c) del D.L. 2.186, correspondiente a una superficie de 1.181 metros cuadrados de terreno y distinta a aquella determinada por el Ministerio de Obras Públicas para la obra en construcción, circunstancia que no concuerda con el predicamento esbozado por la contraria relativo a que la expropiación constituye una “venta no voluntaria” o “forzada”. Así, de acuerdo a lo que disponen los artículos 20 y 38 del D.L.

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7 Talca, dos de noviembre de dos mil veinte. Visto: El abogado don José Guillermo Villalobos García-Huidobro, por el reclamado Fisco de Chile, deduce recurso de apelación en contra de la sentencia definitiva de 26 de marzo de 2.018, dictada en causa Rol C-1.355-2.018 del Primer Juzgado de Letras de Talca, sobre Reclamación del Monto de la Indemnización Provisoria por Expropiación, que acogió la d

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