ARANIS REYES DANIEL DAVID / COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
2 de noviembre de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INCOMPETENCIA
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1) Que, de acuerdo a los antecedentes que obran en la causa, aparece que el amparado, Daniel David Aranis Reyes, condenado por Tribunal –que no individualiza- ubicado en la ciudad de Antofagasta, denuncia la existencia de perturbación a su derecho a la libertad personal, a consecuencia del rechazo a su postulación al Beneficio de Libertad Condicional. 2) Que el acto impugnado por la presente acción cautelar, emana de una decisión adoptada por la Comisión de Libertad Condicional que corresponde a la jurisdicción de la Corte de Apelaciones de Antofagasta. 3) Que, de acuerdo a lo establecido en el N° 1 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación del recurso de amparo, se declara la incompetencia de esta Corte. Remítase por la vía más rápida los antecedentes a la Corte de Apelaciones de Antofagasta, por estimarse que le corresponde el conocimiento y resolución de este asunto. N°Amparo-2469-2020.-
Fallo
se declara la incompetencia de esta Corte. Remítase por la vía más rápida los antecedentes a la Corte de Apelaciones de Antofagasta, por estimarse que le corresponde el conocimiento y resolución de este asunto. N°Amparo-2469-2020.-
Texto Completo (Preview)
mplb C.A. de Santiago Santiago, dos de noviembre de dos mil veinte. Vistos y teniendo presente: 1) Que, de acuerdo a los antecedentes que obran en la causa, aparece que el amparado, Daniel David Aranis Reyes, condenado por Tribunal –que no individualiza- ubicado en la ciudad de Antofagasta, denuncia la existencia de perturbación a su derecho a la libertad personal, a consecuencia del rechazo a su
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