BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/CASTILLO (LTE)
Rol
Fecha
2 de noviembre de 2020
Materia
OBLIGACIÓN DE DAR, CUMPLIMIENTO
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: El mérito de los antecedentes, y teniendo especialmente presente lo dispuesto en el artículo 1464, parte final, del Código Civil, en cuanto no resulta necesaria la autorización para subastar si el acreedor en ambos juicios es el mismo Banco ejecutante. Por estos fundamentos, se revoca la resolución apelada, dictada el veinte de agosto de dos mil veinte, por el Décimo Cuarto Juzgado Civil de Santiago, en cuanto no hace lugar al alzamiento del embargo trabado en autos y. en su lugar, se decide que se hace lugar al alzamiento solicitado por el ejecutante Banco de Crédito e Inversiones, en los autos Rol C-3722-2019. Devuélvase. N°Civil-11481-2020. En Santiago, dos de noviembre de dos mil veinte, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Fallo
se decide que se hace lugar al alzamiento solicitado por el ejecutante Banco de Crédito e Inversiones, en los autos Rol C-3722-2019. Devuélvase. N°Civil-11481-2020. En Santiago, dos de noviembre de dos mil veinte, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago. Santiago, dos de noviembre de dos mil veinte. Vistos: El mérito de los antecedentes, y teniendo especialmente presente lo dispuesto en el artículo 1464, parte final, del Código Civil, en cuanto no resulta necesaria la autorización para subastar si el acreedor en ambos juicios es el mismo Banco ejecutante. Por estos fundamentos, se revoca la resolución apelada, dictada el veinte
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