SIN INFORMACION

/ESPEJO

Rol

Fecha

31 de octubre de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: Comparece Juan Rodrigo Sáez Bertoline, abogado, domiciliado para estos efectos en calle Antonio Varas Nº687, oficina 1308 de la ciudad de Temuco, en representación del condenado Jonathan Alejandro Vásquez Jeldres, privado de libertad en el C.D.P. ANGOL, quien expuso: Que, interpone recurso de amparo, en favor de Jonathan Alejandro Vásquez Jeldres, y en contra de la resolución de la Comisión de Libertad Condicional de fecha 13 octubre de 2020, correspondiente a la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Temuco y expresó: 1.- Jonathan Alejandro Vásquez Jeldres, registra una condena 3 años y 1 días, por el delito de Porte Ilegal de arma de fuego. 2.- Conforme a Gendarmería de Chile cumple con el tiempo mínimo para optar al beneficio de la Libertad condicional, todo ello emana de la ficha única del condenado. 3.-El amparado ha tenido una conducta intrapenitenciaria evaluada con calificación máxima de “MUY BUENA” desde hace más de 6 bimestres anteriores a su proceso de postulación. 4.- Mi representado ha trabajado en diversos empleos, encontrándose actualmente terminando su 4to medio, ha pertenecido al taller laboral en el CDP de Angol de igual forma participa en programas de reinserción social, ha asistido a diversos talleres y capacitaciones tanto laborales como psicológicas, cumpliéndose a cabalidad los requisitos terceros y cuarto del decreto ley 321, los cuales fueron modificados pero no obstante es importante mencionarlos. 5.- El amparo constitucional deducido viene a ser el medio idóneo en este caso concreto, pues mi representado se encuentra privado de libertad con infracción a lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 321 sobre Libertad Condicional modificado por la Ley 21.124 de 18 de enero de 2019, como se expondrá a continuación: INFRACCIÓN AL D.L. 321, modificado por ley 21.124: Dichos cuerpos normativos establecen los requisitos que se deben cumplir para optar a la libertad condicional, los que estima su representado cumple a cabalidad y que son: A.- Tiemp

Fundamentos

considerando los principios de humanidad, igualdad, equidad y utilidad que deben primar en la ejecución de la pena, comprendiéndose esta no solo como un castigo para el condenado, sino también y como parte fundamental la reforma o corrección de este. Solicita se sirva tener por interpuesta acción constitucional de amparo en favor de Jonathan Alejandro Vásquez Jeldres, darle tramitación y, en definitiva, acoger el amparo, con el fin de dejar sin efecto la resolución emitida por la Comisión Libertad Condicional del territorio jurisdiccional de Temuco, segundo semestre año 2020, que procedió a denegar la solicitud de Libertad Condicional ya señalada y se proceda finalmente a otorgarla, restableciendo así el imperio del derecho. A folio 5, informa la Sra. Mirna Espejo Guiñez, Ministra (s) Corte de Apelaciones de Temuco, Presidenta de la comisión de libertad condicional, quien señaló: a) Que, mediante resolución (2do. Semestre 2020), de fecha 13 de octubre del año 2020, se denegó el beneficio de libertad condicional al condenado del Centro de Educación y Trabajo de la ciudad de Angol, interno Jonathan Alejandro Vásquez Jeldres. C.I. 17.440.676-6. b) Que, en el caso concreto del condenado, de los informes evacuados por Gendarmería de Chile, aparece que éste registra lo siguiente: NORMA LEGAL REQUISITO Art. 2 N° 1 Cumple el tiempo mínimo de condena a la época de sesión de la Comisión SI Art. 4, inciso final Cumple el tiempo mínimo dentro de los dos meses siguientes a la sesión de la Comisión NO APLICA Art. 2 N° 2 Ha observado una conducta intachable durante el cumplimiento de la condena SI Art. 2 N° 3 Informe de postulación psicosocial de Gendarmería da cuenta de factores de riesgo de reincidencia del condenado, que no permiten a la demostrar, a la época de postulación, una adecuada reinserción en la SI sociedad, al presentar un alto o mediano riesgo de reincidencia Art. 2 N° 3 Informe de postulación psicosocial de Gendarmería da cuenta que el condenado presenta conciencia del delito NO Art. 2 N° 3 Informe de postulación psicosocial de Gendarmería da cuenta que el condenado presenta conciencia del mal causado NO Art. 2 N° 3 Informe de postulación psicosocial de Gendarmería da cuenta que el condenado manifiesta rechazo explícito a los delitos cometidos NO c) Que, en mérito de lo señalado, y el hecho de no haber demostrado avances en su proceso de reinserción social, se rechazó su petición. d) Que, durante la realización de la sesión se tuvieron a la vista los antecedentes personales del postulante expuestos por el Sr. Relator y luego se realizó debate entre los miembros de la comisión, que ponderó la misma y las argumentaciones realizadas, resolviendo no otorgar el beneficio de Libertad Condicional al condenado ya señalado. e) En consecuencia, esta Comisión no cometió acto arbitrario o ilegal alguno al denegarle el beneficio al citado condenado, toda vez que de los antecedentes aportados habilitaban la adopción de tal d

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales y reglamentarias citadas, en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, y en el Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Amparo, SE RECHAZA la acción constitucional de amparo interpuesta a favor Jonathan Alejandro Vásquez Jeldres. Regístrese, comuníquese y archívese. Redacción a cargo del Fiscal Judicial señor Juan Bladimiro Santana Soto. Rol Corte Amparo N°187- 2020. (sac)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, treinta y uno de octubre de dos mil veinte. VISTOS: Comparece Juan Rodrigo Sáez Bertoline, abogado, domiciliado para estos efectos en calle Antonio Varas Nº687, oficina 1308 de la ciudad de Temuco, en representación del condenado Jonathan Alejandro Vásquez Jeldres, privado de libertad en el C.D.P. ANGOL, quien expuso: Que, interpone recurso de amparo, en favor de Jonathan A

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