RECURSO DE AMPARO INT. EN FAVOR DE HUGO ANDRES PERE PEREZ/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL DE LA SERENA
Rol
Fecha
30 de octubre de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: 1°) Que comparece Fabian Andrés Peñailillo Pérez, abogado, quien interpone acción constitucional de amparo a favor del condenado Hugo Andrés Pérez Pérez, C.I. N° 16.053.158-4, actualmente privado de libertad en Centro de Cumplimiento Penitenciario de La Serena, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por haberle denegado la concesión del beneficio de la libertad condicional, en circunstancias que reuniría todos los requisitos previstos en el Decreto Ley N° 321, afectándose con ello la garantía constitucional prevista en el artículo 19 N° 7 de la Constitución Política de la República, al extender de manera ilegal y arbitraria su privación de libertad. Señala que el rechazo de dicho beneficio se basa en que cometió una falta grave al régimen interno durante el periodo de postulación, no obstante, se encuentra cumpliendo dos penas de privación de libertad, las que en su conjunto suman 13 años y un día, y de acuerdo con la información entregada por Gendarmería de Chile, registra como fecha de tiempo mínimo con derecho a postular al beneficio de Libertad Condicional desde el día 17 de abril de 2017. Expone que cumple con todos los requisitos exigidos por el Decreto Ley 321 sobre Libertad Condicional, a saber: Tiempo mínimo de condena, ya que fue cumplida el 17 de abril del año 2017; y haber observado conducta intachable durante el cumplimiento de la condena. Sobre este punto la Comisión de Libertad Condicional, rechazó el beneficio de libertad condicional atendido el siguiente motivo “El postulante cometió una falta grave al régimen interno durante el periodo de postulación, según informa Ord. 6764/20 de fecha 27 de septiembre de 2020, evacuada de Gendarmería de Chile, en virtud de lo preceptuado en el artículo 16 inciso segundo del Reglamento del DL N° 321”. Sin embargo, aclara que el ordinario citado y tenido a la vista por parte de la Comisión de Libertad Condicional para arribar a la decisión de denegar el beneficio de libertad condicional no tiene relación con el amparado. Sostiene que conforme Ordinario 7323/20, emitido por Gendarmería de Chile, se señalan dos situaciones respecto del amparado. En primer lugar, informa a solicitud de parte, la situación médica del interno, y en segundo lugar, informa que el Ordinario 6764/20 no corresponde a una resolución de castigo, con lo que queda de manifiesto el error cometido por la Comisión de Libertad Condicional. A mayor abundamiento, la infracción que se le imputo en el mes de septiembre de 2020, corresponde a que el amparado se negó a concurrir al Hospital de La Serena, para una evaluación médica para postular a una intervención quirúrgica, sin embargo, se negó a asistir al Hospital, toda vez, que priorizo su salud e integridad física, ya que, de haber asistido al recinto hospitalario, corría un riesgo considerable de contagio de COVID-19, pudiendo poner en peligro no solo su salud, sino también la del resto de los internos del Centro de Cumplimiento Penitenciario como tam
Fallo
Por estas consideraciones, normas citadas y de conformidad, además, con lo previsto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge la acción de amparo interpuesta por Fabian Andrés Peñailillo Pérez a favor del condenado Hugo Andrés Pérez Pérez y en contra de la Comisión de Libertad Condicional, en el sentido que se deja sin efecto lo decidido en la Resolución N° 497-2020 de ocho de octubre de dos mil veinte, disponiéndose que el amparado cumple con haber observado conducta intachable durante el cumplimiento de la condena, debiendo remitirse los antecedentes a la Comisión de Libertad Condicional a fin de que emita pronunciamiento sobre el fondo de la postulación al beneficio de la libertad condicional en relación al amparado. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. Rol N° 266-2020.-
Texto Completo (Preview)
Pérez Pérez, Hugo Andrés Comisión de Libertad Condicional Recurso de Amparo Rol N° 266-2020.- La Serena, treinta de octubre de dos mil veinte. Vistos y considerando: 1°) Que comparece Fabian Andrés Peñailillo Pérez, abogado, quien interpone acción constitucional de amparo a favor del condenado Hugo Andrés Pérez Pérez, C.I. N° 16.053.158-4, actualmente privado de libertad en Centro de Cumplimiento
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