AMPARADO: VICTOR MANUEL VALDEBENITO MORALES/RECURRIDO: COMISON DE LIBERTAD CONDICIONAL DE LA I. CORTE DE APELACIONES DE CONCEPCION
Rol
Fecha
19 de octubre de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTO: En estos antecedentes Rol Corte 255-2020 comparece deduciendo recurso de amparo el abogado Daniel Lafargue García, Defensor Penal Privado, en representación del interno Víctor Manuel Valdebenito Morales, quien actualmente cumple condena en el C.E.T de la comuna de Cañete. Dirige la acción constitucional en contra de la Comisión de Libertad Condicional que sesionó el segundo semestre del año en curso, por haber expedido la resolución N°193-2020, de 6 de octubre de 2020, que rechazó otorgar la libertad condicional al amparado, fundada la Comisión en un informe que consideró desfavorable, en torno a la posibilidad de reinserción social del amparado; no tiene conciencia de la gravedad del delito y presenta alta necesidad de intervención en factores asociados al uso del tiempo libre, actitud pro criminal y antisocial. Señala el defensor que el amparado se encuentra privado de libertad en el Centro de Educación y Trabajo de Cañete y cumple actualmente una condena privativa de libertad de 3 años y 1 día y 61 días de presidio menor, correlativamente, por el delito de porte de arma de fuego y lesiones menos graves. Que registra como fecha de inicio de condena el 13 de abril de 2019, estimándose como fecha de término el 14 de junio de 2022. El tiempo mínimo para optar a la libertad condicional se verificará el 14 de noviembre de 2020. A continuación, relata ciertas circunstancias que a su juicio demuestran que el amparado presenta avances importantes en su proceso de reinserción social. La conducta registrada por el interno durante su vida intrapenitenciaria ha sido como muy buena de forma ininterrumpida desde su ingreso por más de cuatro bienios exigidos por la normativa vigente, manteniendo la misma hasta la fecha. En igual tiempo, jamás ha sido objeto de castigo o sanción durante el cumplimiento. Por su buena conducta, ha gozado del beneficio de salida dominical por más de tres meses, cumpliendo a cabalidad con la misma, fortaleciendo los lazos familiares, de re
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1.- Que, la acción constitucional de amparo interpuesta procede, conforme lo señala el artículo 21 de la Constitución Política de la República, a favor de quien se encuentra arrestado, detenido o preso, o que sufra cualquier otra privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal o seguridad individual, con infracción de la normas constitucionales o de las leyes, a fin de que la magistratura ordene se guarden las formalidades legales y adopte de inmediato las providencias que juzgue necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. El mismo recurso, y en igual forma, podrá ser deducido en favor de toda persona que ilegalmente sufra cualquiera otra privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y seguridad individual. 2.- Que en este caso, Daniel Lafargue García, abogado, Defensor Penal Privado, en representación del interno Víctor Manuel Valdebenito Morales, quien actualmente cumple condena en el C.E.T de la comuna de Cañete, dirige la acción constitucional en contra de la Comisión de Libertad Condicional que sesionó el segundo semestre del año en curso, por haber expedido la resolución N°193-2020, de 6 de octubre de 2020, que rechazó otorgar la libertad condicional al amparado, fundada la Comisión en un informe que consideró desfavorable, en torno a la posibilidad de reinserción social del amparado por considerar que no tiene conciencia de la gravedad del delito y presenta alta necesidad de intervención en factores asociados al uso del tiempo libre, actitud pro criminal y antisocial. 3.- De los antecedentes consta que el amparado se encuentra privado de libertad en el Centro de Educación y Trabajo de Cañete y cumple actualmente una condena privativa de libertad de 3 años y 1 día y 61 días de presidio menor en su grado mínimo, correlativamente, por el delito de porte de arma de fuego y lesiones menos graves. Registrando como fecha de inicio de condena el 13 de abril de 2019, estimándose como fecha de término el 14 de junio de 2022, en tanto el tiempo mínimo para optar a la libertad condicional se verificará el 14 de noviembre de 2020, constando también de los antecedentes que la conducta registrada por el interno durante su vida intrapenitenciaria ha sido calificada como muy buena de forma ininterrumpida desde su ingreso por más de cuatro bienios exigidos por la normativa vigente, manteniendo la misma hasta la fecha, y por lo mismo se le otorgó por gendarmería el beneficio de salida dominical, como ha estado trabajando en el área de servicio del CET de Cañete, donde salen diariamente a trabajar al medio libre, cumpliendo con todos los requisitos impuestos para ello. Actualmente se encuentra en el área vulcanización, por su conocimiento en mecánica automotriz. Todo lo cual, a diferencia de los fundamentos de la comisión recurrida conducen a que el amparado tiene la motivación al cambio, el apoyo familiar para integrarse nuevamente a la socied
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad además con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se acoge el recurso de amparo interpuesto a favor de Víctor Manuel Valdebenito Morales, quien actualmente cumple condena en el C.E.T de la comuna de Cañete, en consecuencia se deja sin efecto la resolución número 193-2020, de 6 de octubre de este año, dictada por la Comisión de Libertad Condicional y en su lugar se decide que se le otorga dicha forma especial de cumplimiento. Lo decidido deberá cumplirse el día 14 de noviembre de 2020, si no estuviera privado de libertad por causa diversa, cumplidos que sean los trámites administrativos de rigor. Comuníquese de inmediato por la vía más expedita. Regístrese y archívese oportunamente. Redacción de la ministro Esquerré Pavón. N°Amparo-255-2020.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción xsr Concepción, diecinueve de octubre de dos mil veinte. VISTO: En estos antecedentes Rol Corte 255-2020 comparece deduciendo recurso de amparo el abogado Daniel Lafargue García, Defensor Penal Privado, en representación del interno Víctor Manuel Valdebenito Morales, quien actualmente cumple condena en el C.E.T de la comuna de Cañete. Dirige la acción constitucional en contra
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