8º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

BANCO DE CHILE/LÓPEZ (LTE)

Rol

Fecha

15 de octubre de 2020

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, se confirma, en lo apelado la resolución de treinta y uno de agosto de dos mil veinte, dictada por el Octavo Juzgado Civil de Santiago, en los autos Rol 4534 - 2020. Acordada con el voto en contra de la Ministro Sra. Villadangos, quien estuvo por revocar la resolución en alzada y por declarar en su lugar que se accede a tener presente el bien raíz individualizado para la traba del embargo, en razón de que conforme al artículo 447 del Código de Procedimiento Civil, asiste al ejecutante el derecho de designar bienes del deudor en el juicio ejecutivo para hacer efectivo su crédito y, si bien, dicho precepto exige en esta hipótesis que ellos no excedan de los necesarios para responder a la demanda, lo cierto es que dicha normativa no puede ser interpretada en términos de entrabar los derechos del acreedor, a quien no es aceptable imponerle a ultranza la obligación de investigar la existencia de otros bienes del deudor que eventualmente pudieren tener un valor más proporcional a la deuda. Comuníquese y devuélvase. N°Civil-10830-2020. Pronunciada por la Segunda Sala, integrada por los Ministros señor Omar Antonio Astudillo Contreras, señora Maria Soledad Melo Labra y señora Maritza Elena Villadangos Frankovich. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, quince de octubre de dos mil veinte, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, quince de octubre de dos mil veinte. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, se confirma, en lo apelado la resolución de treinta y uno de agosto de dos mil veinte, dictada por el Octavo Juzgado Civil de Santiago, en los autos Rol 4534 - 2020. Acordada con el voto en contra de la Ministro Sra. Villadangos, quien estuvo por revocar la resolución en alzada y por de

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