MP. C/ CÉSAR MICHELLE MORALES VILLARROEL. QTE: FLORENCIA ANTONIA PIZARRO BARRA. (JULIO JAVIER ALEJANDRO ESPINOZA SEPÚLVEDA).
Rol
Fecha
30 de septiembre de 2020
Materia
AMENAZAS DE ATENTADOS CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES. ART. 296 A 298.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Que atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en la presente audiencia, aparece que en este estadio procesal se encuentran suficientemente acreditados los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal; y en relación a la letra c) de dicho artículo, se estima que las medidas cautelares decretadas respecto del imputado garantizan suficientemente los fines del procedimiento. Y visto además lo dispuesto en los artículos 352 y siguientes del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de veintiuno de septiembre del año en curso, dictada por el 15° Juzgado de Garantía de Santiago en autos RIT 4895-2020, que impuso a César Michelle Morales Villarroel las cautelares de la letra d) del artículo 155 de Código Procesal Penal y de la letra b) del artículo 9 de la Ley 20.066 sobre violencia intrafamiliar. Devuélvase, vía interconexión. N°3224-2020-Penal
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San Miguel, treinta de septiembre de dos mil veinte. Sala: Quinta-Zoom Integrantes: Ministras señora Ma. Carolina Catepillan Lobos, señora Ma. Catalina González Torres y abogado integrante señor Carlos de la Barra Cousiño Rol Corte: 3224-2020-Penal RUC: 2000957492-2 RIT: 4895-2020 Tribunal: 15° Juzgado de Garantía de Santiago Relator: Paola Orellana Torres Digitador: Cristián Calderón Bórquez. F
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