PROMOTORA CMR FALABELLA S.A/GARRO
Rol
Fecha
5 de octubre de 2020
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1° Que el artículo 189 del Código de Procedimiento Civil, establece dentro de los requisitos de admisibilidad del recurso de apelación el contener, además de las peticiones concretas formuladas al Tribunal llamado a conocer del mismo en segunda instancia, los
Fundamentos
fundamentos de hecho y de derecho en que se apoya. 2° Que pese a cumplirse con la primera de dichas exigencias, el recurso de apelación sujeto al presente examen de admisibilidad no contiene fundamentos de derecho que lo sustenten, toda vez que la sola alusión al "agravio" provocado por la sentencia definitiva a la parte que recurre, resulta insuficiente en ese sentido.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 201 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación, interpuesto por la parte demandada con fecha diecinueve de agosto pasado, en contra de la sentencia dictada con fecha ocho de mayo de dos mil veinte. Regístrese y comuníquese. N°Civil-10667-2020.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, cinco de octubre de dos mil veinte (paus). Vistos y teniendo presente: 1° Que el artículo 189 del Código de Procedimiento Civil, establece dentro de los requisitos de admisibilidad del recurso de apelación el contener, además de las peticiones concretas formuladas al Tribunal llamado a conocer del mismo en segunda instancia, los fundamentos de hecho y de derecho en que s
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