SIN INFORMACION

CASTRO/BANCO DEL ESTADO DE CHILE

Rol

Fecha

29 de septiembre de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: 1°) Que, la abogado doña María Fernanda Castro Ferrada, por don Miguel Ángel Castro Ferrada, plantea recurso de protección en contra del Banco del estado, representada por su Gerente don Juan Cooper Álvarez, por lo actos ilegales y arbitrarios que afectan las garantías de su representado del artículo 19 N°2 y 24 de la Constitución Política. Indicando que esto se da por el no pronunciamiento por parte de la recurrida respecto de la apelación deducida al banco, vía telefónica, en relación a su negativa de pago total de unos fondos que indica la recurrente le habrían sido sustraídos fraudulentamente. 2° Que, el recurrente señala en síntesis, que el 09 de abril de 2020 mediante llamado al call center del Banco interpuso reclamo por dos transacciones desconocidas y no autorizadas por él, efectuadas el 08 de abril de 2020, y que específicamente se tratan de una transferencia electrónica a un tercero desconocido $100.000 y un avance en efectivo por un monto de $200.000 desde su tarjeta de crédito. Especifica que solicitó el bloqueo de la tarjeta y la restitución de sus fondos. Paralelamente interpuso denuncia en el SERNAC y ante carabineros para perseguir las responsabilidades. Sostiene que no ha entregado claves de acceso ni tarjeta de coordenadas u otra información al efecto a nadie, por lo que, el conocimiento de éstos sólo podría obtenerse en caso de tener acceso a la base de datos bancaria. El 15 de abril al consultar por su reclamo se le indicó que no existía ninguno, instándole a volver a ingresarlo, cuestión que hizo. El 20 de abril de 2020 obtuvo respuesta del banco, rechazándose lo pedido, fundado principalmente, en que las transacciones fueron realizadas sin errores y con sus claves. El 24 de abril de 2020 apeló de lo resuelto por medio de call center, según lo acredita registro de llamados que acompaña, informándosele que el resultado de la apelación sabría la respuesta definitiva del Banco frente a su reclamo y que esta podría tardar entre 10 a 15 días hábiles. El 30 de abril de 2020 SERNAC le informó que el Banco accedió a restituir la suma de $100.000, correspondiente a la transferencia de fondos cargada en la cuenta corriente. 3°) Que, solo el 3 de junio de 2020 fue atendido por la jefatura del servicio al cliente de sucursal bancaria ubicada en Uno Sur N° 971, quien le informa, que no hay constancia en el sistema interno del Banco de la apelación realizada por el recurrente vía Call Center, sin existir fundamento alguno ni dar ninguna explicación al efecto. Asimismo, se le informa que constaba en el estado de cuenta de la tarjeta de crédito Mastercard un cobro facturado por $73.009, correspondiente a la primera de tres cuotas del avance en efectivo más cargos, comisiones, impuestos y abonos por mantención operacional mensual. Dicho monto, además se encontraría pagado (según el detalle del estado de situación de la tarjeta aludida), debido a que el recurrente cuenta con pago automático, razón por la cual, la misma entidad

Texto Completo (Preview)

Talca, veintinueve de septiembre de dos mil veinte. VISTO Y CONSIDERANDO: 1°) Que, la abogado doña María Fernanda Castro Ferrada, por don Miguel Ángel Castro Ferrada, plantea recurso de protección en contra del Banco del estado, representada por su Gerente don Juan Cooper Álvarez, por lo actos ilegales y arbitrarios que afectan las garantías de su representado del artículo 19 N°2 y 24 de la Const

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