29º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

NAHUELBUTA SPA/PROIECTUM SPA

Rol

Fecha

25 de septiembre de 2020

Materia

ARBITRO Y DERIVADOS, DESIGNACION DE

Resultado

INADMISIBLE

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: 1° Que la parte requerida Sociedad Proiectum SpA deduce recurso de apelación el veintinueve de julio pasado, en contra de la sentencia definitiva pronunciada el quince del mismo mes, que designó árbitro arbitrador a don Francisco Javier Barriga Castro. 2° Que conforme lo establece el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, el recurso de apelación tiene por objeto obtener del tribunal superior respectivo que enmiende, con arreglo a derecho, la resolución del inferior y en consecuencia, es requisito para su interposición, la existencia de agravio. 3° Que del mérito de los antecedentes, no se observa agravio en la resolución recurrida, por cuanto, el demandado en la fundamentación de su apelación lo que persigue en definitiva es subsanar lo que él estima serían vicios del procedimiento, derivados de la primera resolución dictada en autos, esto es, la de veintinueve de enero de dos mil veinte que citó a las partes a la audiencia de designación de árbitro, siendo en ese contexto, además, extemporánea la apelación interpuesta, motivo por el cual el presente recurso no puede ser admitido a tramitación. Y atendido lo dispuesto en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible la apelación interpuesta por la Sociedad Proiectum SpA el veintinueve de julio último, contra la sentencia definitiva dictada el quince de julio de dos mil veinte y que fuera concedido el cuatro de agosto pasado. N°Civil-9465-2020. Pronunciada por la Sala Tramitadora de esta Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Miguel Vázquez Plaza e integrada por la Ministra señora Elsa Barrientos Guerrero y por la Ministra (S) señora Blanca Rojas Arancibia.

Fallo

se declara inadmisible la apelación interpuesta por la Sociedad Proiectum SpA el veintinueve de julio último, contra la sentencia definitiva dictada el quince de julio de dos mil veinte y que fuera concedido el cuatro de agosto pasado. N°Civil-9465-2020. Pronunciada por la Sala Tramitadora de esta Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Miguel Vázquez Plaza e integrada por la Ministra señora Elsa Barrientos Guerrero y por la Ministra (S) señora Blanca Rojas Arancibia.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago muz Santiago, veinticinco de septiembre de dos mil veinte. Sin perjuicio de lo que se resolverá, pasen estos antecedentes a la Oficina de Partes, a fin que bajo el mismo Rol Corte, se de ingreso computacional a los mismos como apelación de sentencia definitiva. A los folios 3 y 4: estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: 1° Que la parte requerida Sociedad Proie

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica