SIN INFORMACION

ALEXANDER GOMEZ BARAHONA/GENDARMERIA DE CHILE - C.D.P PUENTE ALTO

Rol

Fecha

24 de septiembre de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Álvaro Herrera General quien interpone recurso de amparo en favor de don Alexander Gómez Barahona actualmente privado de libertad en el Centro de Detención Preventiva de Puente Alto por el delito de homicidio desde el 28 de febrero del año en curso en contra de dicho centro penitenciario por estimar que con sus acciones ilegales se ha visto privada y amenazada su libertad personal. Refiere que el 5 de julio del año en curso su representado fue atacado por otros internos siendo hospitalizado a raíz de sus lesiones por una semana lo que en su oportunidad se puso en conocimiento del Juzgado de Garantía de Puente Alto. Indica que, a pesar de lo anterior, la autoridad penitenciaria trasladó al señor Gómez desde la torre N° 2 donde habitaba a la torre N° 4 lugar donde se encuentran los internos que lo agredieron anteriormente por lo que solicitó audiencia de cautela de garantías a objeto de solicitar su traslado el CCP Colina 2, audiencia que fue agendada para el día 15 del presente mes siendo reagendada para el día 22 a fin que el abogado de gendarmería aporte la factibilidad de su traslado. En estas circunstancias, luego de dicha audiencia su representado no volvió a la torre donde habita y, ni sus familiares ni su defensor, han podido tomar conocimiento de su ubicación y como se encuentra ya que se encontraría en una celda de castigo por lo que tiene, afirma, tiene

Fundamentos

motivos para temer por su vida. Luego de referir las normas constitucionales que estima conculcadas solicita se acoja su acción reestableciendo el imperio del derecho, aclarando la situación del señor Gómez Barahona y donde se encuentra recluido. Segundo: Que informando al tenor don Cristian Villegas Giscard, juez titular del Juzgado de Garantía de Puente Alto señala que el recurrente Gómez Barahona se encuentra en prisión preventiva en el CDP de Puente Alto desde el 28 a febrero del 2019 formalizado por el delito de homicidio simple ocurrido el 3 de enero del mismo año. Indica que el 7 de septiembre del año en curso su abogada defensora Alejandra Astroza solicitó audiencia de cautela de garantías ya que había sido agredido al interior del penal y luego hospitalizado, y continuaba siendo amenazado por otros internos, solicitando en definitiva su traslado al CCP Colina II. Al efecto se agendo audiencia para el 15 del mismo mes solicitando informe al centro penitenciario y requiriendo la presencia del abogado de Gendarmería de Chile para que evalúa la factibilidad de su traslado. El día 14 de septiembre se recibió informe de CDP Puente Alto remitiendo informe médico del encartado, que éste se negó a ser entrevistado señalando únicamente su intención de mantenerse en las dependencias donde se encontraba (Torre 4 dormitorio 3) hasta que se resolviera su traslado. En la audiencia de 15 de septiembre compareció el imputado Gómez junto con su defensora a través de sistema de videoconferencia y en atención a que no estaba presente el abogado de Gendarmería y no se había remitido informe de factibilidad de traslado por escrito, se acordó un nuevo día y hora para la realización de esta audiencia, fijándose para el 22 de septiembre de 2020, oficiándose a Gendarmería de Chile a fin de que informase sobre factibilidad de traslado a CCP Colina 2 y se ordenó mantener al imputado en la torre 4 dormitorio 3 hasta la respuesta de Gendarmería, en atención a que se le consultó al propio imputado al respecto. Complemente lo antes relatado adjuntando acta de audiencia de cautela de garantías de 22 de septiembre realizada en presencia del recurrente y su defensa en que se resolvió, atendido a lo expuesto por el abogado de Gendarmería de Chile, autorizar el traslado del imputado al recinto penal CCP COLINA II, sugiriendo que se mantenga en la unidad de tránsito en donde se encuentra actualmente para salvaguardar su integridad física hasta que se efectúe su traslado Tercero: Que comparece don José Provoste Sepúlveda, Alcaide del C. D. P. de Puente Alto, quien señala que el interno Gomez Barahona declaró el 17 de septiembre relatando que al regresar a la Torre N° 4, dormitorio 3 de una audiencia ante el juzgado de garantía el 15 del presente mes vio a un grupo de internos peleando recibiendo un punzazo en la pierna izquierda y luego le tiraron un estoque que se clavó en su cuello siendo auxiliado por Gendarmería y traslado a la enfermería de la unidad siendo luego d

Fallo

Fallo del Recurso de Amparo, SE RECHAZA el deducido en favor de Alexander Gómez Barahona. Regístrese y archívese en su oportunidad. Rol 442-2020 –Amparo

Texto Completo (Preview)

En San Miguel, a veinticuatro de septiembre de dos mil veinte. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Álvaro Herrera General quien interpone recurso de amparo en favor de don Alexander Gómez Barahona actualmente privado de libertad en el Centro de Detención Preventiva de Puente Alto por el delito de homicidio desde el 28 de febrero del año en curso en contra de dicho centro

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