CANO BARRIGA ROBERTO-DONATO GUZMAN NELSON / ASOCIACION NACIONAL DE FUNCIONARIOS DEL TRABAJO ANFUNTCH
Rol
Fecha
24 de septiembre de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Yuri Vásquez Santander, Abogado, actuando en representación de Roberto Cano Barriga y de Nelson Donato Guzmán, funcionarios de la Dirección del Trabajo y socios de la Asociación Nacional de Funcionarios del Trabajo- en adelante e indistintamente, ANFUTCH-, todos con domicilio para estos efectos en calle Agustinas N°1502, oficina 404, comuna y ciudad de Santiago, quien interpone acción de protección en contra de la Asociación Nacional de Funcionarios del Trabajo ANFUTCH, del Directorio Ejecutivo Nacional de la Asociación Nacional de Funcionarios del Trabajo y del Tribunal Calificador de Elecciones de la Asociación Nacional de Funcionarios del Trabajo, domiciliados para estos efectos en Almirante Barroso N°25, comuna y ciudad de Santiago, por haber realizado distintas actuaciones en forma ilegal y arbitraria que privan, perturban y amenazan el legítimo ejercicio de los derechos de sus representados, conforme pasa a reseñar. La acción entablada, explica, se refiere a las graves infracciones contenidas en los siguientes documentos: 1.- Comunicado 16-2019, relativo a la convocatoria y elecciones nacionales de ANFUTCH, nuevamente con votación electrónica y a la asamblea para la conformación de la comisión electoral- TRICEL-, de 26 de agosto de 21019; 2.- Informativo N°1 del Tribunal Calificador de Elecciones de la Asociación, de 3 de septiembre de 2019; 3.- Respuesta enviada mediante correo electrónico de 9 de septiembre de 2019 por parte del Tribunal Calificador de Elecciones a misiva remitida por loa recurrentes con fecha 5 del mismo mes y año. Sobre el particular, manifiesta que tanto la convocatoria a elecciones, el informativo N°1 del Tribunal Calificador de Elecciones y la respuesta enviada por aquel a la solicitud de los recurrentes son ilegales y arbitrarias, puesto que infringen lo dispuesto en el artículo 19 de la ley N°19226, como también los estatutos de la ANFUTCH. De la misma manera, cuestiona la reducció
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección, se rechaza, sin costas, el recurso deducido por don Yuri Vásquez Santander, Abogado, en representación de Roberto Cano Barriga y de Nelson Donato Guzmán, en contra de la Asociación Nacional de Funcionarios del Trabajo ANFUTCH, del Directorio Ejecutivo Nacional de la Asociación Nacional de Funcionarios del Trabajo y del Tribunal Calificador de Elecciones de la Asociación Nacional de Funcionarios del Trabajo. Regístrese, comuníquese y archívese. Redacción de la Ministra señora María Soledad Melo Labra. Protección N°83336-2019. Pronunciada por Segunda Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Omar Astudillo Contreras e integrada por la Ministra señora María Soledad Melo Labra y por la Ministra señora Maritza Villadangos Frankovich.
Texto Completo (Preview)
Santiago, veinticuatro de septiembre de dos mil veinte. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Yuri Vásquez Santander, Abogado, actuando en representación de Roberto Cano Barriga y de Nelson Donato Guzmán, funcionarios de la Dirección del Trabajo y socios de la Asociación Nacional de Funcionarios del Trabajo- en adelante e indistintamente, ANFUTCH-, todos con domicilio para estos efec
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