MINISTERIO PUBLICO C/ NESTOR ROLANDO ABUTER BERNALES
Rol
Fecha
23 de septiembre de 2020
Materia
LESIONES MENOS GRAVES. ART. 399.
Resultado
REVOCADA
Hechos
hechos y que dan cuenta del ánimo homicida con que actuó Abuter Bernales, lo que descarta la versión que éste da de los hechos. 3°.- Que, los nuevos antecedentes invocados por la defensa, consistentes principalmente por la declaración de la víctima, doña María Alarcón, no permiten desvirtuar, en el actual estado del proceso, lo anteriormente concluido, desde que no niega la participación del imputado, limitándose a indicar solamente que no sabe quién la apuñaló, lo que no resta ninguna plausibilidad al relato de los testigos que sindican a Abuter Bernales como autor de la misma. 4°.- Que, en esta condiciones, no han variado las circunstancias que se tuvieron en vista para decretar la prisión preventiva del imputado Néstor Rolando Abuter Bernales, por lo que se procederá en consecuencia. 5°.- Que la necesidad de cautela se satisface en el presente caso únicamente con la mantención de la medida antes indicada, pues la libertad del imputado es un peligro para la seguridad de la sociedad y de la víctima,
Fundamentos
considerando la naturaleza violenta de los hechos y la pena de crimen que la ley señala a los mismos; y que Abuter tiene anotaciones prontuariales previas, entre las que se cuentan hechos constitutivos de violencia intrafamiliar.
Fallo
Por estas consideraciones y lo previsto en los artículos 139, 140, 141, 149, 367 y 370 del Código Procesal Penal, se resuelve que SE REVOCA la resolución de veintiuno de septiembre del año en curso, dictada por el Juzgado de Garantía de Los Ángeles, que sustituyó la prisión preventiva respecto del imputado NÉSTOR ROLANDO ABUTER BERNALES por la de privación de libertad total en su casa y prohibición de acercarse a la ofendida, y en su lugar, se decide que no se hace lugar a la petición de la defensa, manteniéndose la cautelar personal ya indicada. Comuníquese y devuélvase por la vía que corresponda al tribunal de origen. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la resolución precedente en forma personal por estar presentes en la audiencia, sin perjuicio de ello se ordena su notificación por el estado diario. Rol N°972-2020- Penal.
Texto Completo (Preview)
CGR C.A. de Concepción. Concepción, veintitrés de septiembre de dos mil veinte. 1°.- Que se ha apelado por el Ministerio Público la resolución que sustituyó la medida cautelar de prisión preventiva respecto de don Néstor Rolando Abuter Bernales. 2°.- Que los antecedentes invocados por el Ministerio Público justifican la existencia de los delitos de femicidio frustrado y lesiones menos graves po
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