NUEVO SIGLO SPA/CONSERVADOR DE BIENES RAICES DE SANTIAGO
Rol
Fecha
24 de septiembre de 2020
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que conforme a lo dispuesto en el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por sobre la disposición del artículo 319 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual se declara inadmisible el recurso de apelación deducido el quince de mayo de dos mil veinte, en contra de la resolución de dieciocho de marzo del año en curso. Regístrese y devuélvase. N°Civil-10874-2020.
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación deducido el quince de mayo de dos mil veinte, en contra de la resolución de dieciocho de marzo del año en curso. Regístrese y devuélvase. N°Civil-10874-2020.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago(Sala Tramitadora) Santiago, veinticuatro de septiembre de dos mil veinte. (dia) Sin perjuicio del error observado en la minuta de remisión en lo que atañe al tipo de recurso, se provee: Al folio 3; estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que conforme a lo dispuesto en el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión
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