JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE CONCEPCION

MARCELO ANTONIO INOSTROZA APARICIO CON CORPORACION DE ASISTENCIA JUDICIAL REGION DEL BIO BIO

Rol

Fecha

22 de septiembre de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos: En esta causa R.U.C. 19-4-0197776-k, RIT T-271-2019, sobre procedimiento de tutela laboral, del ingreso del Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción, correspondiente al Rol Corte N° 52-2020, Georgy Schubert Studer, Abogado Procurador Fiscal de Concepción, por su representado, Corporación de Asistencia Judicial de la Región del Biobío (en adelante CAJ del Biobío), dedujo recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva de 17 de enero de 2020, que acogió la denuncia de tutela de derechos fundamentales deducida por Marcelo Antonio Inostroza Aparicio, profesional abogado de dicha Corporación, sólo en cuanto declara que la denunciada incurrió en actos que han afectado el derecho a la honra del actor, ordenando cumplir con la medida señalada en la parte resolutiva del mencionado fallo, a objeto de obtener la reparación de las consecuencias derivadas de la vulneración de derechos fundamentales. A través de este arbitrio pretende que esta Corte anule el fallo y dicte la correspondiente sentencia de reemplazo que rechace la denuncia por supuesta vulneración derechos fundamentales, en todas sus partes, con costas. Fundamentó el recurso en la causal de la letra c) del artículo 478 del Código del Trabajo, y en razón de ella pidió que se anule la sentencia y acto seguido se dicte la correspondiente sentencia de reemplazo con arreglo a la ley. Declarado admisible el recurso, se procedió a su vista en la audiencia fijada al efecto, a la que asistieron los abogados de las partes, quienes manifestaron lo que estimaron pertinente en defensa de sus derechos. Con lo relacionado y

Fundamentos

considerando: 1º) Que, resulta necesario consignar en forma previa, que el recurso de nulidad laboral se ha establecido como el medio de impugnación de las sentencias definitivas, siendo su finalidad, según la causal invocada, la de asegurar el irrestricto respeto a las garantías y derechos fundamentales, o bien, obtener sentencias ajustadas a la ley, lo que se desprende claramente de los artículos 477 y 478 del Código del Trabajo, que establecen las causales por las cuales procede este recurso. Se trata de un arbitrio de carácter extraordinario y de derecho estricto, tanto por lo restringido de las causales que lo hacen procedente, como por los fines que persigue, así como por la rigurosidad exigida a los recurrentes para fundamentar las causales invocadas. Se trata, además, de un recurso que tiene por objeto invalidar el procedimiento total o parcialmente junto con la sentencia definitiva, o sólo ésta última, según corresponda; 2º) Que para una adecuada decisión del asunto, resulta útil tener presente el contexto del juicio de que se trata. Al efecto es necesario señalar que el denunciante, abogado Marcelo Inostroza Aparicio, dedujo acción de tutela laboral por supuestas infracciones a garantías fundamentales que relata en su libelo, motivada por la eventual afectación al derecho a la honra que le ocasionarían los dichos vertidos por el Secretario Regional Ministerial de Justicia y Derechos Humanos y el Director (S) de la Corporación de Asistencia Judicial, ambos de la Región del Biobío, con ocasión de declaraciones realizadas por éstos a diversos medios de comunicación durante el mes de abril del año recién pasado, cuando difundieron a la prensa el resultado de una auditoría realizada por la Contraloría Regional del Biobío, la que se contiene en el Informe Final N° 902 de 2018 que, en síntesis, señala irregularidades detectadas durante el año 2017 en dicha Corporación, las que involucrarían a numerosos funcionarios de ésta, entre los que se encuentra el denunciante. En concreto, el denunciante señaló que se realizaron imputaciones “acomodaticias” de la verdad, y que dichas declaraciones afectarían su derecho fundamental a la honra y le generarían perjuicio, pues se encuentra postulando a la directiva nacional de la Asociación Nacional de Funcionarios de la Corporación de Asistencia Judicial, por el periodo 2019-2021. Luego en el libelo detalla las imputaciones que se le habrían formulado a través de los medios de comunicación. Solicitó, en el petitorio de su denuncia de tutela, que se ésta sea acogida y que se declare que la denunciada ha incurrido en las prácticas lesivas señaladas, debiendo tomarse medidas para hacer cesar las mismas así como sus efectos; que respecto de esas conductas deberá la denunciada retractarse y pedir disculpas por lo hecho al denunciante de autos; que la demandada deberá a través de sus representantes realizar una publicación en los medios de prensa regionales y de la ciudad de Concepción mediante la cual reconozc

Fallo

fallo y dicte la correspondiente sentencia de reemplazo que rechace la denuncia por supuesta vulneración derechos fundamentales, en todas sus partes, con costas. Fundamentó el recurso en la causal de la letra c) del artículo 478 del Código del Trabajo, y en razón de ella pidió que se anule la sentencia y acto seguido se dicte la correspondiente sentencia de reemplazo con arreglo a la ley. Declarado admisible el recurso, se procedió a su vista en la audiencia fijada al efecto, a la que asistieron los abogados de las partes, quienes manifestaron lo que estimaron pertinente en defensa de sus derechos. Con lo relacionado y considerando: 1º) Que, resulta necesario consignar en forma previa, que el recurso de nulidad laboral se ha establecido como el medio de impugnación de las sentencias definitivas, siendo su finalidad, según la causal invocada, la de asegurar el irrestricto respeto a las garantías y derechos fundamentales, o bien, obtener sentencias ajustadas a la ley, lo que se desprende claramente de los artículos 477 y 478 del Código del Trabajo, que establecen las causales por las cuales procede este recurso. Se trata de un arbitrio de carácter extraordinario y de derecho estricto, tanto por lo restringido de las causales que lo hacen procedente, como por los fines que persigue, así como por la rigurosidad exigida a los recurrentes para fundamentar las causales invocadas. Se trata, además, de un recurso que tiene por objeto invalidar el procedimiento total o parcialmente

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Concepción, veintidós de septiembre de dos mil veinte. Vistos: En esta causa R.U.C. 19-4-0197776-k, RIT T-271-2019, sobre procedimiento de tutela laboral, del ingreso del Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción, correspondiente al Rol Corte N° 52-2020, Georgy Schubert Studer, Abogado Procurador Fiscal de Concepción, por su representado, Corporación de Asistencia Judicial de la Región del Biob

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