BALIN / AFP MODELO
Rol
Fecha
22 de septiembre de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: En folio uno, comparece Alexandra Balin Pinzón, cédula de identidad número 8.282.052-6, ingeniero, con domicilio en Bernardo Leython Nº1650, casa 7, Villa Alemana, en representación de su hijo discapacitado Rodolfo Andrés Landea Balin, cédula de identidad número 17.269.374-6, quien interpone recurso de protección en contra de Administradora de Fondos de Pensiones Modelo Sociedad Anónima, como tutora y curadora de los bienes de su hijo. Expresa que fue nombrado curadora el presente año, remitiendo la documentación al efecto, al recurrido, con el objeto de solicitar el cobro del diez por ciento de los fondos capitalizados por su hijo en dicha AFP, por los períodos que efectuó trabajo remunerado. Refiere que, la AFP, le niega la tramitación de dicha solicitud, por no tener la representante el carnet de identidad vigente, lo que esta niega; que su correo electrónico no aplica a la ficha de solicitud; con exigirle nuevos exámenes para su hijo, en circunstancias que posee la credencial de discapacidad de su hijo, que acredita lo anterior. Pide en dicha calidad, que se ordene al recurrido, que deposite dicho diez por ciento perteneciente a su hijo Rodolfo Landea Balin, en la cuenta RUT de ella. En folio 4, rola informe de la Administradora de Fondos de Pensiones Modelo Sociedad Anónima, que expresa que Don Rodolfo Landea Balin se encuentra afiliado a AFP Modelo desde el 01 de febrero de 2011, por lo que AFP Modelo dio inicio al trámite de verificación de los antecedentes presentados por la recurrente, dentro de los cuales, se encontraba la sentencia de interdicción referida. Refiere que, con fecha 30 de julio de 2020, se recibió por parte del área de Fiscalía de AFP Modelo, sentencia de interdicción de don Rodolfo Andrés Landea, presentada por su madre, doña Alexandra Balín Pinzón, y constancia de su correspondiente inscripción en el Conservador de Bienes Raíces de Villa Alemana, con fecha 19 de junio de 2020, razón por la que fue aprobada mediante Memorándum N
Fundamentos
Considerando: Primero: Que, del mérito de los antecedentes, se desprende que las anormalidades acusadas por el recurrente, tanto respecto de la pensión de invalidez de su hijo Rodolfo Andrés Landea Balin, para solicitar el giro del 10% de los fondos capitalizados en la Administradora recurrida, fueron solucionadas, habiéndose girado el día veintiuno de septiembre en curso, un vale vista del Banco BCI, por la suma de un millón nueve mil catorce pesos ($1.009.014.-), a nombre del recurrente Rodolfo Andrés Landea Balin, según fue informado por la recurrida, en folio 14. Segundo: Que, atento lo anterior, el presente recurso ha perdido oportunidad, razón por la cual se procederá al rechazó del mismo como se dirá en lo resolutivo.
Fallo
Por tanto, no puede proceder por la normativa imperante, de la Superintendencia de Pensiones. No obstante, asegura que se ha procedido a instruir el pago mediante Vale Vista del Banco BCI, a nombre de don Rodolfo Landea Balín, cuya fecha de pago será oportunamente informada a la tutora legal del afiliado, doña Alexandra Balín, tan pronto se encuentre disponible para su retiro. Añade, que los decretos de interdicción sean provisorios o definitivos, deben inscribirse en el Registro de Interdicciones y Prohibiciones del Conservador de Bienes Raíces respectivo y, notificarse al público mediante 3 avisos publicados en un diario de la comuna, o de la capital de la provincia de la capital de la región, si en aquella no lo hubiera, sin que ello implique una dilación en los tramites, ya que es una exigencia legal; lo que alega, no ha ocurrido en la especie. En lo que se refiere a la solicitud de nuevos chequeos médicos por parte de la Comisión Médica, manifestada por la recurrente en su recurso, señala que no ha sido solicitado por parte de esta Administradora, porque no corresponde a un trámite que deba ser realizado por esta institución, sino que es de facultad exclusiva de la propias Comisiones Médicas, dependiendo de los antecedentes que se presenten en cada caso en particular, una vez que se haya dado inicio al trámite de pensión de invalidez respectivo. Culmina, solicitando que atendido que se ha aplicado la normativa en forma estricta, y que su actuación ha sido conforme a d
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintidós de septiembre de dos mil veinte. Visto: En folio uno, comparece Alexandra Balin Pinzón, cédula de identidad número 8.282.052-6, ingeniero, con domicilio en Bernardo Leython Nº1650, casa 7, Villa Alemana, en representación de su hijo discapacitado Rodolfo Andrés Landea Balin, cédula de identidad número 17.269.374-6, quien interpone recurso de protección en c
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