JUZGADO DE GARANTIA DE PUENTE ALTO

M.P. C/ OSCAR MANUEL CACERES VILLEGAS

Rol

Fecha

19 de septiembre de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo únicamente presente: Que la prisión preventiva requiere para ser decretada que concurran los presupuestos del artículo 140 del Código Procesal Penal y que, además, las otras cautelares sean insuficientes para asegurar los fines del procedimiento, lo que en la especie no acontece desde que éstos se ven suficientemente asegurados con las cautelares contempladas en el artículo 155 del Código Procesal Penal, que decretó el tribunal a quo. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 140, 149, 352 y siguientes del Código antes citado, se confirma la resolución apelada de fecha diecisiete de septiembre del año en curso, dictada por la señora Juez del Juzgado de Garantía de Puente Alto, que no hizo lugar a decretar la prisión preventiva del imputado Oscar Manuel Cáceres Villegas, imponiéndole las medidas cautelares del artículo 9 letras a) y b) de la ley 20.066 y artículo 155 letra d) del Código Procesal Penal. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. N°Penal-3103-2020.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, diecinueve de septiembre de dos mil veinte. Sala: Cuarta Sala Zoom Rol: 3103-2020- Penal RUC: 2000951828-3 RIT: 12214-2020 Tribunal: Juzgado de Garantía de Puente Alto Integrantes: Ministro señor Diego Simpértigue Limare, señora María Teresa Letelier Ramírez y señora Ana Cienfuegos Barros Relator: María Isabel Saavedra Reyes Digitadora: Carolina Orellana Medina Ministerio Público: Mar

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica