ACF CAPITAL SA/CDA INGENIERIA SPA
Rol
Fecha
21 de septiembre de 2020
Materia
FACTURA, NOTIFICACIÓN DE
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1.- Que, en atención a lo dispuesto por el artículo 5° de la Ley N° 19.983, la impugnación de una factura, guía de despacho o recibo, se tramita como incidente; 2.- Que, por resolución de veinte de agosto del año en curso se recibió a prueba la impugnación planteada por la demandada en el primer otrosí de su presentación de once de agosto del mismo año, contenida en el folio N° 10; 3.- Que, conforme lo dispone el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por sobre la disposición del artículo 319 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual se declara inadmisible el recurso de apelación deducido en subsidio por el demandante el veinticuatro de agosto del presente año, en contra de la resolución de veinte de agosto del mismo año. Devuélvase. N°Civil-10946-2020.
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación deducido en subsidio por el demandante el veinticuatro de agosto del presente año, en contra de la resolución de veinte de agosto del mismo año. Devuélvase. N°Civil-10946-2020.
Texto Completo (Preview)
fjr C.A. de Santiago (Sala Tramitadora) Santiago, veintiuno de septiembre de dos mil veinte. Al folio N° 3, estése a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: 1.- Que, en atención a lo dispuesto por el artículo 5° de la Ley N° 19.983, la impugnación de una factura, guía de despacho o recibo, se tramita como incidente; 2.- Que, por resolución de veinte de agosto del año en curso se recibió
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