SIN INFORMACION

RIQUELME/ESPINOZA

Rol

Fecha

17 de septiembre de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece don Ernesto Alejandro Riquelme Fuenzalida, estudiante de Ingeniería Comercial, domiciliado para estos efectos en calle Phillips Nº 451, oficina Nº 1502, de la comuna de Santiago, quien interpone acción de protección en contra de doña Paula Ignacia Fuentes Espinoza, por haber incurrido ésta en un acto ilegal y arbitrario al efectuar publicaciones difamatorias en su red social Instagram, lo que conculca sus garantías contempladas consagradas en los numerales 4 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, solicita se acoja el recurso, ordenando que la recurrida elimine todo contenido publicado en su descrédito en los sitios web respectivos y que se abstenga de seguir realizando publicaciones de ese tipo por cualquier vía, o en el caso que ya lo haya borrado en dicha plataforma retractarse al respecto en cualquier medio de publicación idóneo, respecto de lo señalado, con costas. Fundando su recurso indica que conoció a la recurrida en el establecimiento educacional Colegio Mayor de Peñalolén, en el que asistió desde el año 2015 al 2019, por asistir continuamente a los eventos y actividades, extraprogramáticas que desarrollaba el colegio, teniendo un grupo de amigos en común con el que se juntaban regularmente. Tras indicar que nunca ha sido objeto de reproche en el trato con las mujeres, siendo siempre respetuoso con ellas, ni se ha visto envuelto en situaciones en que se cuestione su reputación y que no cuenta con antecedentes judiciales, afirma que es una persona deportista, que tiene tres hermanas y es estudiante de la carrera de Ingeniería Comercial en la Universidad Diego Portales a partir desde el presente año. Señala que a principios de mayo del presente año se tomó conocimiento que la recurrida, efectuó publicaciones en su red social Instagram flakkitaa_prr, en su descrédito, las que fueron difundidas por sus amistades y todo aquel que quiera compartirla, afirmando que la habría abusado

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas y en los artículos 19 N° 24 y 20 de la Constitución Política de la República, se rechaza la acción constitucional deducida en lo principal por don Ernesto Alejandro Riquelme Fuenzalida. Redacción del Abogado Integrante Sr. Lepin. Regístrese y comuníquese. Rol N°46.974-2020. Pronunciada por la Octava Sala de esta Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Mario Rojas González e integrada por el Ministro señor Jaime Balmaceda Errázuriz y el Abogado Integrante señor Cristián Lepin Molina. No firma el Abogado Integrante señor Lepin, no obstante haber concurrido a la vista y al acuerdo del fallo, por encontrarse ausente.

Texto Completo (Preview)

Santiago, diecisiete de septiembre de dos mil veinte. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece don Ernesto Alejandro Riquelme Fuenzalida, estudiante de Ingeniería Comercial, domiciliado para estos efectos en calle Phillips Nº 451, oficina Nº 1502, de la comuna de Santiago, quien interpone acción de protección en contra de doña Paula Ignacia Fuentes Espinoza, por haber incurrido ésta en

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