LUCO/CORTE DE APELACIONES DE TEMUCO
Rol
Fecha
17 de septiembre de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: A lo principal: Atendida la naturaleza de la resolución recurrida, esta Corte estima que en razón de lo dispuesto por el artículo 66, inciso segundo, del Código Orgánico de Tribunales, el presente recurso resulta inadmisible, por considerar que no corresponde que una sala, con igual jerarquía, entre a calificar la legalidad y legitimidad de lo resuelto por otra sala de la misma Corte. Y visto, además, lo dispuesto por el artículo 21 de la Constitución Política de la República, y el Auto Acordado que regula la tramitación del recurso de Amparo, se declara INADMISIBLE el mismo, interpuesto por Fernanda Araneda Paredes, en favor de Maximiliano Luco Avilés. Al otrosí: A sus antecedentes. Regístrese. Rol N° Amparo-156-2020 (pvb).
Fallo
se declara INADMISIBLE el mismo, interpuesto por Fernanda Araneda Paredes, en favor de Maximiliano Luco Avilés. Al otrosí: A sus antecedentes. Regístrese. Rol N° Amparo-156-2020 (pvb).
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, diecisiete de septiembre de dos mil veinte. Vistos y teniendo presente: A lo principal: Atendida la naturaleza de la resolución recurrida, esta Corte estima que en razón de lo dispuesto por el artículo 66, inciso segundo, del Código Orgánico de Tribunales, el presente recurso resulta inadmisible, por considerar que no corresponde que una sala, con igual jerarquía, entre a ca
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