SIN INFORMACION

GTD MANQUEHUE S.A./CONSEJO NACIONAL DE TELEVISION (LTE)

Rol

Fecha

16 de septiembre de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA (DEL ACUERDO)

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que, compareció el abogado Rodrigo Almarza Carvajal, en representación de GTD Manquehue S.A., quien deduce recurso de apelación en contra de la decisión que adoptó el Consejo Nacional de Televisión, según resolución que se comunicó en el ORD. N° 443 de 23 de abril de 2020, mediante la cual se le impuso una multa de 40 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), por exhibir la película "From Paris With Love – Sangre y Amor en Paris – Paris en la mira" el día 12 de octubre de 2019, a partir de las 18:31 horas, a través de la señal A&E, en horario de protección de los niños y niñas menores de 18 años, en circunstancias que se trata de una película calificada para mayores de 18 años practicada por el Consejo de Calificación Cinematográfica. La impugnación se sustenta, en síntesis en: a) No ser responsable del contenido que emite A&E, siendo la responsabilidad administrativa de dicho canal, y no suya; b) por existir imposibilidades técnicas y contractuales del permisionario de servicios limitados de televisión, en modificar los contenidos enviados previamente y de manera directa por el programador vía satélite; c) por vulneración al debido proceso al no haberse abierto un término probatorio; y d) por falta de proporcionalidad en la sanción impuesta. Pide el reclamante tener por interpuesto recurso de apelación contra la resolución del Consejo Nacional de Televisión que impuso una multa de 40 UTM, mediante el Oficio Ordinario N° 443 de fecha 23 de abril de 2020, con el objeto de que se acojan los descargos de su representada y se deje sin efecto la indicada multa; o, en subsidio, que ella sea rebajada a 20 UTM o al monto menor que se estime pertinente. Segundo: Que, informando el Consejo Nacional de Televisión expone que el procedimiento aplicable para ejercer las facultades sancionatorias que le asisten, tuvo en cuenta el contenido violento de la película objetada y las razones por las cuales no es recomendable para niñas y niños, según c

Fundamentos

considerando que corresponde a una facultad del Consejo, estima esta Corte que su omisión no resulta suficiente para acoger la solicitud de la recurrente. Décimo: Que, en cuanto a la petición subsidiaria de rebajar la multa, y por lo razonado en el acápite precedente, esta Corte estima que habiéndose acreditado los supuestos de la infracción constatada, y en particular, habiéndose ponderado adecuadamente la circunstancia particular de la reclamante, no corresponde acceder a dicha petición, En mérito de lo razonado y disposiciones legales citadas, se rechaza el recurso deducido por Rodrigo Almarza Carvajal, en representación de GTD Manquehue S.A., en contra del Ordinario N° 443, de 23 de abril de 2020, del Consejo Nacional de Televisión. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Redacción de Ministro Miguel Eduardo Vázquez Plaza. Rol Corte Nº 274-2020 (Contencioso–Administrativo). Pronunciada por la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el ministro señor Miguel Vázquez Plaza e integrada, además, por las ministras señora Elsa Barrientos Guerrero y señora Inelie Durán Madina.

Texto Completo (Preview)

Santiago, dieciséis de septiembre de dos mil veinte. Visto y teniendo presente: Primero: Que, compareció el abogado Rodrigo Almarza Carvajal, en representación de GTD Manquehue S.A., quien deduce recurso de apelación en contra de la decisión que adoptó el Consejo Nacional de Televisión, según resolución que se comunicó en el ORD. N° 443 de 23 de abril de 2020, mediante la cual se le impuso una mu

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