ENRIQUE ALEJANDRO ARRATIA CUEVAS C/ RAUL ADRIAN VELASQUEZ SALDIVIA
Rol
Fecha
16 de septiembre de 2020
Materia
CONDUCCION ESTADO DE EBRIEDAD ART. 196 E LEY 18.290
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Que, la inasistencia continuada del imputado a cumplir la pena sustitutiva, desde el seis de enero de dos mil veinte, constituye objetivamente una hipótesis que se ve agravada por su falta de justificación para decretar el cumplimiento efectivo de la pena tal como lo ha señalado el Sr. Juez a quo la resolución impugnada, cuyos
Fundamentos
fundamentos esta Corte comparte. Que, asimismo, el documento exhibido en estrados por la Defensa del imputado no puede ser considerado de la manera que lo pretende la defensa, por cuanto no se individualiza al profesional médico que lo habría expedido, como tampoco su registro de profesional médico y no se observa algún tipo de timbre o sello del Servicio de Salud Regional; documento que, además, no fue hecho valer en la instancia, fundamentos por los cuales y conforme con lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley N°18.216, SE CONFIRMA, la resolución apelada de dos de septiembre del año en curso, dictada por el Juzgado de Garantía de esta ciudad. Comuníquese lo resuelto al Juzgado a quo. Rol N°Penal-147-2020.
Texto Completo (Preview)
Punta Arenas, dieciséis de septiembre de dos mil veinte. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Que, la inasistencia continuada del imputado a cumplir la pena sustitutiva, desde el seis de enero de dos mil veinte, constituye objetivamente una hipótesis que se ve agravada por su falta de justificación para decretar el cumplimiento efectivo de la pena tal como lo ha señalado el Sr. Juez a quo la resolución im
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