BANCO DEL ESTADO DE CHILE/COMERCIAL SANTA ELVIRA Y CIA LTDA
Rol
Fecha
17 de septiembre de 2020
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1) Que el artículo 189 del Código de Procedimiento Civil, establece dentro de los requisitos de admisibilidad del recurso de apelación el contener los
Fundamentos
fundamentos de hecho y derecho en que se apoya y las peticiones concretas formuladas al Tribunal llamado a conocer del mismo en segunda instancia. 2) Que de la lectura del presente recurso de apelación, se aprecia las innumerables inexactitudes de las que adolece, y que los fundamentos de hecho en los que se apoya en nada guardan relación con el mérito de autos, llegando incluso a solicitar en su parte petitoria, que se tenga por interpuesto el recurso en contra de una resolución inexistente, tal como es la de “21 de febrero de 2020”, razón por la que no será admitido a tramitación.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 189 y 201 del Código de Procedimiento Civil se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, con fecha tres de junio pasado, contra la resolución que decidió acoger el incidente de abandono del procedimiento de veintinueve de mayo del año en curso y que fuera concedido el cinco de junio último. Devuélvase por sistema interconectado. N°Civil-9505-2020 (c. de incidente de abandono del procedimiento).
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago muz Santiago, diecisiete de septiembre de dos mil veinte. Al folio 5: estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: 1) Que el artículo 189 del Código de Procedimiento Civil, establece dentro de los requisitos de admisibilidad del recurso de apelación el contener los fundamentos de hecho y derecho en que se apoya y las peticiones concretas formuladas al Tribunal llama
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