ZEPEDA CEPEDA FRANCISCO/BANCO ITAU CHILE - (LTE)
Rol
Fecha
15 de septiembre de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que el demandado, don Francisco Christián Eduardo Zepeda Cepeda, deduce recurso de hecho en contra de la resolución de 7 de julio de 2017, dictada por el Octavo Juzgado Civil de Santiago, en los autos ejecutivos Rol C-27.844-2015, mediante la cual no se dio lugar al recurso de apelación subsidiario interpuesto por su parte en contra de la resolución de 27 de junio del mismo año que rechazó la solicitud de suspensión de procedimiento. Expresa que la resolución impugnada se encuentra dentro de la hipótesis del artículo 188 del Código de Procedimiento Civil, por lo que la apelación en subsidio debe ser declarada admisible. Segundo: Que el juez suplente del Octavo Juzgado Civil de esta ciudad, don Alberto Álamos, evacuando el informe requerido, señala que el recurrente promovió una incidencia, la cual de acuerdo al artículo 81 del Código de Enjuiciamiento Civil, no suspenderá el curso de la causa principal y se substanciarán en cuadro separado. Refiere que fue declarada inadmisible la apelación subsidiaria incoada por la parte ejecutada, atendida la naturaleza jurídica de la resolución objeto de la misma, de acuerdo a la disposición citada por el recurrente. Tercero: Que contrario a lo sostenido por el recurrente aparece que la resolución respecto de la cual se dedujo el recurso de apelación con el carácter de subsidiario de una reposición, tiene la naturaleza jurídica de un auto y, que éste, no es de aquellos a que se refiere el artículo 188 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual, se trata de una resolución respecto de la cual no procede el recurso de apelación. Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 188, 203 y 205 del Código de Procedimiento Civil, se rechaza el recurso de hecho deducido por Francisco Christián Eduardo Zepeda Cepeda, en contra de la resolución de 7 de julio de 2017, dictada por el Octavo Juzgado Civil de Santiago, en los autos ejecutivos Rol C-27.844-2015, caratulados “Banco It
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 188, 203 y 205 del Código de Procedimiento Civil, se rechaza el recurso de hecho deducido por Francisco Christián Eduardo Zepeda Cepeda, en contra de la resolución de 7 de julio de 2017, dictada por el Octavo Juzgado Civil de Santiago, en los autos ejecutivos Rol C-27.844-2015, caratulados “Banco Itaú con Zepeda”. Regístrese y comuníquese. N°Civil-Ant-7963-2017. Pronunciada por la Novena Sala, integrada por los Ministros señora Paola Plaza Gonzalez, señor Guillermo E. De La Barra Dunner y el Fiscal Judicial señor Jorge Luis Norambuena Carrillo. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, quince de septiembre de dos mil veinte, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
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C.A. de Santiago Santiago, quince de septiembre de dos mil veinte. Vistos y teniendo presente: Primero: Que el demandado, don Francisco Christián Eduardo Zepeda Cepeda, deduce recurso de hecho en contra de la resolución de 7 de julio de 2017, dictada por el Octavo Juzgado Civil de Santiago, en los autos ejecutivos Rol C-27.844-2015, mediante la cual no se dio lugar al recurso de apelación subsidia
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