SIN INFORMACION

FLORES/PARTIDO REGIONALISTA INDEPENDIENTE DEMOCRATA

Rol

Fecha

15 de septiembre de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, en estos autos Ingreso N° 53.924-2019 con fecha veintiséis de junio de dos mil diecinueve, recurre de acción constitucional de protección, don Robinson Edgardo Flores Castillo contra el Partido Político Regionalista Independiente Demócrata (PRI), representado legalmente por su presidente don Hugo Ortiz de Filippi. Señala como acto arbitrario e ilegal a la resolución con carácter de sentencia, de fecha veintiocho de mayo de dos mil diecinueve, que confirmó la sentencia de primera instancia, que aplicó la máxima sanción contenida en el artículo 28 de la Ley Orgánica Constitucional de los Partidos Políticos y el artículo cuadragésimo primero de los Estatutos Partidarios, esto es: la expulsión del recurrente del Partido Político recurrido, lo cual se encontraría en abierta vulneración a la garantía constitucional del artículo 19 N° 3 de la Constitución Política de la República. Refiere que, la anterior decisión estuvo motivada en el hecho que el recurrente como afiliado y miembro del Tribunal Supremo del Partido Regionalista Independiente Demócrata, expresó su opinión favorable a la corrección de vicios de las elecciones generales internas del diecisiete de noviembre de dos mil dieciocho, que dieron paso a un hecho que califica como “antidemocrático, ilegal y tirano” del Tribunal Supremo, consistente en la creación de Tribunales Unipersonales, a efectos de resolver conflictos e impartir disciplina. Expone que, los mencionados Tribunales Unipersonales no deben existir, fundándose en la Ley N° 20.915, la cual está destinada a fortalecer el carácter público y democrático de los partidos políticos. Y en ese sentido, la normativa indicada- la cual constituye una modificación a la Ley Orgánica Constitucional N° 18.603 de Partidos Políticos- en su artículo 28 bis, establece que “en cada una de las regiones donde esté constituido el partido existirá un Tribunal Regional, que estará conformado y tendrá las facultades que indiquen los

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo que dispone el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del recurso de protección de garantías constitucionales, se rechaza, sin costas, el recurso de protección interpuesto por don Robinson Edgardo Flores Castillo en contra del Partido Regionalista Independiente Demócrata (PRI). Regístrese, notifíquese y archívese si no se apelare. Redacción del abogado integrante señor Rodrigo Rieloff Fuentes. Rol Nº53.924-2019 (Protección) Pronunciada por la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Fernando Carreño Ortega, conformada por la Ministra señora Verónica Sabaj Escudero y el Abogado Integrante señor Rodrigo Rieloff Fuentes, quien no firma por ausencia.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, quince de septiembre de dos mil veinte. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, en estos autos Ingreso N° 53.924-2019 con fecha veintiséis de junio de dos mil diecinueve, recurre de acción constitucional de protección, don Robinson Edgardo Flores Castillo contra el Partido Político Regionalista Independiente Demócrata (PRI), representado legalmente por su presidente d

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