JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE POZO ALMONTE

FISCALÍA CONTRA CLAUDIA FELIPE LAZARO Y OTROS

Rol

Fecha

14 de septiembre de 2020

Materia

INFRINGIR NORMAS HIGIÉNICAS Y DE SALUBRIDAD

Resultado

REVOCADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que en causa RUC 2010046719-5, RIT O-1866-2020, del Juzgado de Letras y Garantía de Pozo Almonte, recurre de apelación el Defensor Penal Público don Eduardo Cabrera Blest, en representación de los imputados Sandra Mamani, Claudia Felipe y Edwin Quispe, en contra de la resolución de cinco de septiembre del presente año, que no dio lugar a decretar el sobreseimiento definitivo a su respecto. SEGUNDO: Que el apelante refiere que pidió el sobreseimiento definitivo respecto del delito contemplado en el artículo 318 del Código Penal, en virtud de lo dispuesto en el artículo 250 letra a) del Código Procesal Penal, desde que a su juicio el actuar de sus representados no es constitutivo de delito, dado que los antecedentes expuestos por el ente persecutor no aportan elementos que den cuenta que su actuar haya puesto en peligro la salud pública, por cuanto no es suficiente el incumplimiento de normas reglamentarias. Señala que la decisión del tribunal resulta agraviante para su defendida, por lo que solicita que se revoque la resolución que no hace lugar al sobreseimiento definitivo y en cambio se acoja dicha solicitud. TERCERO: Que el representante del ente persecutor refiere que se dan todos y cada uno de los presupuestos que hacen concurrente el delito en cuestión, por lo que sólo procede rechazar el recurso de apelación y confirmar la resolución apelada. CUARTO: Que en primer término es necesario trascribir los hechos del requerimiento: “El día 5 de septiembre del año 2020 siendo aproximadamente las 10:15 horas, en circunstancias que personal de Carabineros de Chile se encontraba realizando labores preventivas, fiscalizaron un vehículo que transitaba en la vía pública, esto es, en la intersección de avenida Comercio con Sanfuentes, en la comuna de Pozo Almonte, pudiendo verificar que la conductora de este vehículo, la imputada SANDRA LUISA MAMANI QUISPE, y sus acompañantes en el mismo vehículo, los imputados CLAUDIA FELIPE LAZARO y EDWI

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 250 y 253 ambos del Código Procesal Penal, SE REVOCA la resolución apelada de cinco de septiembre de dos mil veinte, y en su lugar se decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO en los términos del artículo 250 letra a) del Código Procesal Penal respecto de los imputados Sandra Mamani Quispe, Claudia Felipe Lázaro y Edwin Quispe Mamani, debiendo el señor juez que corresponda dictar la respectiva resolución en relación a la sentencia de procedimiento monitorio de la misma fecha. Regístrese y devuélvase. Rol N° 345-2020 Penal.

Texto Completo (Preview)

Iquique, catorce de septiembre de dos mil veinte. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que en causa RUC 2010046719-5, RIT O-1866-2020, del Juzgado de Letras y Garantía de Pozo Almonte, recurre de apelación el Defensor Penal Público don Eduardo Cabrera Blest, en representación de los imputados Sandra Mamani, Claudia Felipe y Edwin Quispe, en contra de la resolución de cinco de septiembre del present

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica