JUZGADO DE LETRAS DE ANCUD

ALARCÓN/GÓMEZ

Rol

Fecha

10 de septiembre de 2020

Materia

ART. 485 INCISO 3º CT

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTOS: El mérito de los antecedentes y lo alegado por las partes, y

Fundamentos

considerando que en el caso particular, con fecha 21 de abril de 2020 se dictó la resolución N°394-A por la cual se aplicó al demandante la medida disciplinaria de destitución prevista en el artículo 120 letra d) de la Ley N°18.883, y que de acuerdo a lo establecido en el artículo 51 de la Ley N°19.880 “Los decretos y las resoluciones producirán efectos jurídicos desde su notificación o publicación, según sean de contenido individual o general” por lo que, en este caso, debe considerarse como terminado el vínculo que unía a las partes del juicio, y por lo tanto, como improcedente la medida cautelar solicitada en estrado por el demandante; se confirma la resolución en alzada de fecha 17 de junio de 2020, dictada por doña Isabel Velásquez Rojas, Jueza del Juzgado de Letras de Ancud. Devuélvase por interconexión. Rol Laboral N° 248-2020.

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Puerto Montt, diez de septiembre de dos mil veinte. VISTOS: El mérito de los antecedentes y lo alegado por las partes, y considerando que en el caso particular, con fecha 21 de abril de 2020 se dictó la resolución N°394-A por la cual se aplicó al demandante la medida disciplinaria de destitución prevista en el artículo 120 letra d) de la Ley N°18.883, y que de acuerdo a lo establecido en el artíc

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