SEPÚLVEDA CASTILLO MISAEL/RUTA DEL MAULE SOCIEDAD CONCESIONARIA S.A.
Rol
Fecha
10 de septiembre de 2020
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
RECHAZA CASACIÓN-CONFIRMA SENT
Hechos
Vistos: En cuanto al recurso de casación el forma: 1°) Que sostiene la parte recurrente que la sentencia se encuentra viciada por la causal del número 5° del artículo 768 con relación al número 4° del artículo 170, ambos del Código de Procedimiento Civil. Funda su pretensión en que, en su concepto, no se ponderaron determinadas piezas del proceso Rol N°1273-2017 del Juzgado de Policía Local de Longaví y, tampoco, todo lo relacionado con la evidencia aportada para demostrar el daño. 2°) Que la sentencia tuvo presente el mérito del fallo dictado en el Juzgado de Policía Local mencionado y, especialmente, la sentencia definitiva ejecutoriada que condenó al conductor del vehículo PPU DDRG10-5 por su responsabilidad infraccional, resolución que produce cosa juzgada en materia civil según lo dispuesto en el artículo 178 del Código de Procedimiento Civil, de manera que resultaba inoficioso analizar detalladamente cada una de las piezas del mencionado expediente. 3°) Que basta leer el fallo impugnado para advertir que si el tribunal a quo ha desestimado la responsabilidad de la demandada en la producción de los daños que fundan la demanda, no procedía ponderar la evidencia incorporada para demostrar la naturaleza y el monto de éstos, sin perjuicio que el fallo impugnado sí tiene los razonamientos que el recurrente echa de menos, según se puede advertir de sus
Fundamentos
considerandos vigésimo cuarto a vigésimo quinto. 4°) Que, en consecuencia, el recurso de casación en la forma será desestimado. En cuanto al recurso de apelación : 5°) Que esta Corte comparte los razonamientos del tribunal de primera instancia. Y visto lo dispuesto en los artículos 186 y 768 del Código de Procedimiento Civil, se rechaza el recurso de casación en la forma deducido por el demandante en contra de la sentencia de fecha ocho de marzo de dos mil diecinueve dictada por el Vigésimo Cuarto Juzgado Civil de Santiago, la que se confirma, con costas de ambos recursos. Regístrese y comuníquese. N°Civil-4312-2019.
Fallo
fallo dictado en el Juzgado de Policía Local mencionado y, especialmente, la sentencia definitiva ejecutoriada que condenó al conductor del vehículo PPU DDRG10-5 por su responsabilidad infraccional, resolución que produce cosa juzgada en materia civil según lo dispuesto en el artículo 178 del Código de Procedimiento Civil, de manera que resultaba inoficioso analizar detalladamente cada una de las piezas del mencionado expediente. 3°) Que basta leer el fallo impugnado para advertir que si el tribunal a quo ha desestimado la responsabilidad de la demandada en la producción de los daños que fundan la demanda, no procedía ponderar la evidencia incorporada para demostrar la naturaleza y el monto de éstos, sin perjuicio que el fallo impugnado sí tiene los razonamientos que el recurrente echa de menos, según se puede advertir de sus considerandos vigésimo cuarto a vigésimo quinto. 4°) Que, en consecuencia, el recurso de casación en la forma será desestimado. En cuanto al recurso de apelación : 5°) Que esta Corte comparte los razonamientos del tribunal de primera instancia. Y visto lo dispuesto en los artículos 186 y 768 del Código de Procedimiento Civil, se rechaza el recurso de casación en la forma deducido por el demandante en contra de la sentencia de fecha ocho de marzo de dos mil diecinueve dictada por el Vigésimo Cuarto Juzgado Civil de Santiago, la que se confirma, con costas de ambos recursos. Regístrese y comuníquese. N°Civil-4312-2019.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, diez de septiembre de dos mil veinte. Al folio 5: téngase presente. Vistos: En cuanto al recurso de casación el forma: 1°) Que sostiene la parte recurrente que la sentencia se encuentra viciada por la causal del número 5° del artículo 768 con relación al número 4° del artículo 170, ambos del Código de Procedimiento Civil. Funda su pretensión en que, en su concepto, no
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