JUZGADO DE GARANTIA DE TALCA

CAROLINA PAZ CARRASCO OJEDA C/ CARLOS ALBERTO PAREJAS BRAVO

Rol

Fecha

10 de septiembre de 2020

Materia

EXTORSION. ART. 438.

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: 1°) Que por resolución de 30 de julio último dictada en audiencia en la causa Rit 10665-2019, caratulada por extorsión, del Juzgado de Garantía de esta ciudad, se tuvo por comunicada la decisión del Ministerio Público de no perseverar y no se accedió a la reapertura de la investigación solicitada por el querellante. 2°) Que dicho interviniente apeló en contra de esa decisión para que, revocándose, se ordene la reapertura de la investigación para que pueda solicitar las diligencias que estima necesarias. 3°) Que la decisión de no perseverar es una actuación propia del ente persecutor que al tribunal no le cabe más que tenerla presente, de modo que es inapelable, por lo que la cuestión en alzada incide en el segundo aspecto de lo resuelto en primer grado. 4°) Que el examen del libelo de apelación demuestra que no señala las diligencias precisas que deberían llevarse a cabo, pues la petición concreta se traduce en pedir la reapertura de la investigación para poder solicitar dirigencias, lo que no se aviene con la norma que posibilitaría acceder a lo impetrado a través de ese arbitrio procesal. 5°) Que la conclusión contenida en el apartado anterior se ajusta, asimismo, a lo prevenido por el artículo 360 del cuerpo legal en aplicación, en cuanto limita la competencia de esta Corte a lo que concretamente se le pide. Y de acuerdo, además, a lo dispuesto en los artículos 257, 352, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA, en su parte apelada, la resolución de treinta de julio del año en curso, sin costas del recurso y sin perjuicio de los demás derechos que el querellante pudiere ejercer en el proceso, pues la decisión de no perseverar no produce el efecto de poner término definitivo a la causa. Redacción del Ministro don Hernán González García. Regístrese y devuélvase. Rol N° 756-2020/Penal.

Texto Completo (Preview)

Talca, diez de septiembre de dos mil veinte. VISTO Y CONSIDERANDO: 1°) Que por resolución de 30 de julio último dictada en audiencia en la causa Rit 10665-2019, caratulada por extorsión, del Juzgado de Garantía de esta ciudad, se tuvo por comunicada la decisión del Ministerio Público de no perseverar y no se accedió a la reapertura de la investigación solicitada por el querellante. 2°) Que dicho

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica